El Procurador dictaminó la extradición de Jones Huala a Chile
Eduardo Casal rechazó los recursos de la defensa del dirigente mapuche, quien pidió en su favor que se informe al país trasandino el tiempo que lleva preso en la Argentina para que sea descontado.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema de Justicia debe confirmar la extradición a Chile del líder mapuche, Facundo Jones Huala.
El dictamen de Casal deja en manos del máximo tribunal de Justicia la decisión de enviar al integrante de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) a Chile para completar una condena a nueve años de prisión por el incendio de una casa en la localidad de Río Bueno.
El procurador interino aclaró que las autoridades chilenas deben ser informadas del tiempo que Jones Huala lleva detenido en la Argentina para que ese lapso le sea descontado del total de la pena que le resta cumplir.
Aun cuando la Corte convalidara la extradición, la última decisión es política y debe tomarla el Poder Ejecutivo argentino.
Casal ya había dictaminado en otras dos oportunidades, ante sendos expedientes, a favor de otros pedidos de extradición.
“Al igual que al dictaminar en las dos solicitudes anteriores de extradición de Jones Huala y por las mismas razones entonces expuestas, nuevamente habré de proponer el Tribunal que las autoridades del país requirente sean informadas del tiempo de detención del nombrado en estas actuaciones”, subrayó, no obstante.
Ello “para que, como ya lo han admitido previamente, aquí también arbitren las medidas a su alcance para que le sea computado como si lo hubiera sufrido en la causa que generó el pedido”, insistió.
Jones Huala había objetado su extradición y pidió que se realizaran medidas de prueba adicionales para demostrar lo que, asegura, implica riesgos para su vida en caso de ser enviado a Chile.
Pero el procurador Casal replicó que “la mera insistencia en reclamar la producción de prueba que sin arbitrariedad fue juzgada innecesaria o sobreabundante no puede cohonestar su pertinencia, la apelación resulta improcedente”.
Jones Huala había pedido que se le permitiera demostrar el “contexto histórico político de la persecución del Estado requirente durante el proceso penal que allí se le siguió” y “las razones por las que se le revocó la libertad condicional”.
Además, pretendía exhibir las “circunstancias a las que fue sometido mientras permaneció en prisión en el vecino país y el riesgo que afrontaría de ser extraditado nuevamente”.