El pedido de juicio político a jueces de la Corte incluye una denuncia penal por las muertes por Covid-19
El documento, que será presentado mañana ante la Cámara de Diputados, está firmado entre otros por Raúl Zaffaroni, Eduardo Barcesat y Lucila Larrandart.
Los ex jueces Raúl Zaffaroni y Lucila Larrandart y el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat dieron a conocer el texto del pedido de juicio político y denuncia penal contra la Corte Suprema por el fallo a favor de las clases presenciales en la Capital Federal que, según entienden, potenció los contagios y las muertes por coronavirus.
“Es muy probable que los jueces no se hayan representado la alta probabilidad del resultado, pero les era exigible que lo hubiesen hecho… les hubiese permitido conformar y ponderar el estándar epidemiológico, a partir de los indicios de peligro que revela todo aumento de circulación”, sostiene el texto, al que tuvo acceso NA.
El pedido de juicio político apunta a la decisión de la Corte de avalar la decisión de las clases presenciales sin consultar a especialistas u organismos especializados en la pandemia y desautorizando al gobierno nacional como autoridad sanitaria federal.
“Cualquier funcionario público que tomase una decisión en la emergencia, sin conocimientos científicos propios por su especialidad o, en caso contrario, sin la debida asistencia de peritos, cuando los tuviese disponibles en nivel técnico y en cantidad, es obvio que incurriría en una imprudencia gravísima”, advirtió la denuncia.
La denuncia apunta a los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, a quienes les imputa “mal desempeño de sus cargos y su posible participación en los delitos de homicidio, lesiones, propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa, violación de los deberes de funcionario público y prevaricato”.
Atento a esas figuras contempladas en el Código Penal, el planteo apunta no sólo al juicio político sino también a la “intervención a la justicia a fin de que se investigue la posible comisión de los delitos señalados”.
El fallo de la Corte –sostiene el texto- exigía una “adecuada motivación”, pese a lo cual “la Corte Suprema no requirió el parecer de ningún perito en la materia, cuando el país cuenta con profesionales e investigadores distinguidos e incluso podía haberlo solicitado de autoridades internacionales o de la propia OMS o de la Oficina Panamericana de la Salud y de su propio Cuerpo Médico Forense, de antigua y probada capacidad técnica”.
“La Corte Suprema ha resuelto una cuestión epidemiológica en medio de una pandemia en un momento de brote de contagio, con un saldo diario de cerca de 30 mil personas infectadas y un promedio de 500 muertes y referido a un ámbito urbano cuyo sistema sanitario se halla prácticamente colapsado en razón de que la capacidad de atención en terapia intensiva está prácticamente agotada”, añade el documento.
La Corte le exigió al gobierno una certeza casi absoluta sobre los riesgos de las clases presenciales en los contagios, pero el pedido de juicio político replicó que “esto implica ignorar que todo saber científico empírico enuncia leyes que por su naturaleza son siempre cálculos de probabilidad”.
“Incluso admitiendo que la medida fuese discutible en el plano técnico de la epidemiología, cosa que sólo hubiese sido admisible si hubiese mediado opinión encontrada de peritos, es criterio jurisprudencial invariable que los jueces no resuelven cuestiones científicas ni de escuelas médicas”, añade el documento.
Pero incluso en ese escenario, “una medida de la Administración que se basase en una posición discutible pero no descartable en el debate científico, no puede ser calificada de irracional”.
“Lo único que los jueces deben controlar es que la medida adoptada por el Ejecutivo Nacional no sea irracional, o sea, que resulte conducente al objetivo propuesto. (…) Los jueces no pueden interferir en el ejercicio de las funciones que son de competencia del Ejecutivo Nacional y, menos aún, tomar a su cargo la función que corresponde al otro poder”, resume el planteo.