El juez porteño Roberto Gallardo rechazó un planteo de “inconstitucionalidad” en la causa en la que suspendió  la aplicación del reconocimiento facial para la búsqueda de prófugos en la Ciudad de Buenos Aires, en una suerte de “per saltum” que presentó la fiscalía Especializada en Litigios Complejos.

La fiscal a cargo de esa unidad, Marcela Monti,  interpuso recurso de inconstitucionalidad contra el fallo de Gallardo que rechazó la nulidad de la decisión de suspender el programa de reconocimiento por datos biométricos.

Gallardo adoptó tal decisión como medida cautelar, tras comprobar que si bien el programa estaba previsto para la búsqueda de unos 40 mil prófugos, se habían obtenido informaciones sobre unos diez millones de personas.

La fiscal Monti solicitó que el Tribunal Superior de Justicia (STJ), la máxima instancia judicial de la Capital Federal, declarara la nulidad de los puntos principales de la resolución del juez Gallardo.

Pero el magistrado rechazó el planteo por razones formales y de procedimiento.

Gallardo explicó que “la Fiscal debió haber interpuesto el recurso de apelación pertinente” ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario, natural tribunal de alzada, en lugar de recurrir directamente al TSJ.

“Resulta imprescindible que la sentencia en crisis sea revisada por la segunda instancia con carácter previo a la intervención del superior tribunal local”, sintetizó el juez.

Pero además, explicó que esos recursos de inconstitucionalidad sólo proceden contra sentencias definitivas, lo que no ocurre en este caso.

“No obstante que la Fiscal planteó que si bien la sentencia no es definitiva sería asimilable atento al gravamen irreparable que le impone, se puede observar que no especifica el modo en que tal perjuicio se concretaría”, resumió el fallo.

La decisión de Gallardo implica, en los hechos, que la suspensión del sistema de reconocimiento facial continúa suspendido por el momento.