Refuerzan los controles a transportistas y tripulaciones de aviones y buques
Con la nueva disposición, que entrará en vigencia el próximo 14 de abril, la tripulación extranjera de buques "deberá permanecer embarcada y no contará con relevo en el país".
El Gobierno dispuso nuevos requisitos y controles para el ingreso al país de transportistas y tripulaciones de aviones y buques hasta el próximo 30 de abril, a fin de reforzar las medidas destinadas a minimizar el golpe de la segunda ola de contagios de coronavirus.
Según se estableció, los transportistas terrestres "extranjeros deberán contar con testeo de Covid negativo realizado dentro de las 72 horas de ingreso al país", en tanto que "los nacionales, deberán realizar testeo de antígenos dentro de las 72 horas de la llegada a la Argentina".
En cuanto a buques, se dispuso que "los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país, y los nacionales, realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso".
Para las tripulaciones de vuelos, el Gobierno fijó que "los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; y los nacionales, realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos".
Este sábado, el Ministerio de Salud, que encabeza Carla Vizzotti, informó que "las obligaciones de circulación para operadores, transportistas y tripulantes de medios de transporte internacionales impuestas con el objetivo de disminuir la transmisión del COVID-19 en el marco de la segunda ola, entrarán
en vigencia a partir de las 00:00 del día miércoles 14 de abril del 2021, de acuerdo a lo establecido por el artículo 3 de la Decisión Administrativa N° 342/21".
"El plazo es concedido para que los medios de transporte extranjeros que se encuentren en tránsito hacia la Argentina, puedan cumplir con las nuevas exigencias y reconoce un trato recíproco a análogas consideraciones que han tomado países vecinos respecto de los transportistas argentinos, cuando les impusieron nuevas medidas sanitarias para circular en su territorio. En ese contexto, corresponde también otorgar idéntico reconocimiento a
los nacionales y residentes en el país", indicó la cartera sanitaria.
En ese sentido, Salud afirmó que "cumplidas las 96 horas concedidas desde la entrada en vigencia de la Decisión Administrativa referida a los operadores de medios de transporte internacionales, deberán tomar las previsiones necesarias para su estricto cumplimiento".