El Gobierno apeló el fallo que declaró inválidos seis artículos del DNU en materia laboral
Dijo que es una "cuestión política no judiciable" y advirtió sobre las consecuencias de un fallo adverso.
El Gobierno apeló el fallo de una jueza de feria que declaró inválidos seis artículos del DNU 70/23 vinculados con los derechos de los trabajadores.
Mediante una presentación de una treintena de páginas, la Secretaría de Trabajo sostuvo que se trata de una “decisión política no judiciable” y, por lo tanto, el fallo nunca debió haber existido.
La semana pasada, la jueza Liliana Rodríguez Fernández hizo lugar parcialmente a una acción de amparo de la CGT y declaró la invalidez de los artículos 73 (retención de la cuota sindical); 79 (negociación colectiva); 86 (cláusulas obligacionales); 87, 88 y 97 (servicios esenciales y modalidad de protestas).
“Resulta necesario exponer cuales son los riesgos de encontrarnos con un Poder Judicial que desatienda las necesidades impostergables que hoy tiene la República Argentina”, sostiene la apelación del gobierno.
“La indiferencia al entendimiento de la situación y la anteposición de intereses particulares por sobre los de la Nación, pone en riesgo la subsistencia misma de la organización social, jurídica y política constituida, afectando su normal desarrollo en procura del bien común”, añade.
Para el gobierno, “el legal y legítimo ejercicio del derecho a huelga ha quedado desnaturalizado por completo”.
“El derecho constitucional a huelga ha quedado en las últimas décadas convertido en una instancia de violencia, de irrespetuosidad al derecho de otros; diríamos que quedó enmarcado en el ejercicio abusivo del derecho”, subrayó el escrito.
“El ejercicio de ese derecho constitucional y supraconstitucional no puede ser llevado a cabo en forma violenta ni tampoco abusiva, es decir, con medidas adicionales que avasallen los derechos de otros sujetos de un modo innecesario para el despliegue de la huelga. Que en definitiva es lo que viene a reglar el DNU”, subrayó el documento.