El ex jefe de la AFI durante Cambiemos recusó al camarista Farah en la "Causa Espionaje"
Gustavo Arribas no puso en duda su "honorabilidad" pero señaló que por sus declaraciones en la causa por la "mesa judicial" se puede ver afectada su imparcialidad.
El ex titular de la AFI durante el gobierno de Cambiemos, Gustavo Arribas, recusó al camarista federal Eduardo Farah en la causa por presunto espionaje ilegal, por “temor de parcialidad” ya que se considera una víctima de la denominada “mesa judicial” de la anterior administración.
Además, exigió que “hasta tanto se resuelva su recusación, Farah se abstenga de intervenir en cualquier acto relacionado con la presente causa”.
Arribas basó su sospecha de “parcialidad” en la declaración testimonial que prestó Farah el 24 de noviembre de 2020 justamente en la causa conocida como “mesa judicial del macrismo”, en la que describió los padecimientos que sufrió por haber votado a favor de las excarcelaciones de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa.
Farah no sólo señaló las presiones políticas sino también las internas: “la Corte Suprema de Justicia decidió promover una actuación ante el Consejo de la Magistratura para que se investigue mi actuación, en particular la forma en la cual yo había sido llamado a intervenir en ese proceso”.
“Para quien trabaja –añadió- en el Poder Judicial desde los 18 años y era y es juez, que a uno lo denuncie la propia Corte Suprema era un hecho de una gravedad importante”.
Sobre la base de esos dichos, Arribas señaló que “la existencia de prejuicios que pueda tener el juez respecto de una de las partes del procedimiento genera virtualidad suficiente para temer sobre la imparcialidad que pueda tener el magistrado a la hora de decidir el caso concreto”.
“No se discute aquí la conducta ni la honorabilidad que tuviere Farah. De lo que se trata es de señalar que los motivos brindados dan muestra del temor de parcialidad que genera al suscripto la futura actuación de ese magistrado”, embistió.
En ese contexto, agregó que el temor de parcialidad “justifica el apartamiento del magistrado, cuando pesa sobre el firmante en un proceso de naturaleza penal”.