Covid-19: un tribunal avaló el aislamiento en hoteles de viajeros que regresen al país
La Cámara del Crimen porteña se pronunció ante un habeas corpus de una mujer que llegó a la Argentina contagiada, pero quería cumplir el aislamiento en su casa.
Un tribunal avaló la decisión del gobierno de aislar a los viajeros que regresen del exterior en hoteles adaptados para el cumplimiento de la cuarentena preventiva ante la propagación de nuevas cepas del Covid-19.
En un caso de una mujer que regresó contagiada desde Miami, la Cámara del Crimen porteña consideró que la decisión del aislamiento en hoteles es “racional, necesaria e idónea para hacer frente a la pandemia declarada”.
“La proporcionalidad y razonabilidad de la medida cuestionada supera cualquier juicio de logicidad, máxime cuando estamos en presencia no ya de un particular que intenta circular sin limitaciones de ninguna especie, sino de una persona que proviene del exterior contagiada de COVID y con una cepa infecciosa que aún no ha podido ser determinada”, sostuvo el camarista Hernán López.
Su colega Ignacio Rodríguez Varela añadió que las medidas “no impresionan como manifiestamente desproporcionadas o arbitrarias”.
En ese sentido, desatacó que la mujer fue alojada “en un Hotel de importante categoría”, que está siendo sometida a estudios “para establecer la naturaleza de la cepa viral detectada” y que había prestado su “conformidad” con las medidas sanitarias antes de emprender el viaje.
“Las normas citadas eran conocidas por (la pasajera, cuya identidad permanecerá en reserva, ndr) al emprender el viaje, el 2 de junio de 2021”, sostiene el fallo.
La mujer presentó un habeas corpus en el que sostenía que “se estaba restringiendo su libertad ambulatoria, al aislarla en el hotel” y reclamando por una situación familiar: “Estoy ansiosa, no veo a mi hija hace un montón, yo tengo una casa grande en la provincia de Buenos Aires. Lo que menos quiero es exponer a mi hija, pero al menos quiero que me vea a la distancia, por la ventana, que sepa que volví”.
La niña tiene cuatro años de edad.
“El traslado que pretende podría acarrear la propagación de nuevas cepas de la enfermedad aún desconocidas que pongan en mayor riesgo a su propio grupo familiar, al personal médico y sanitario involucrado en el traslado y a la sociedad en general, máxime cuando se constató que ya padece la infección y aún se desconoce el resultado de los estudios genómicos tendientes a determinar concretamente con qué cepa infecciosa se encuentra infectada”, respondió el tribunal.
El fallo recuerda que la mujer firmó al salir del país la declaración jurada en la que se le informaba el contenido de los DNU que fijaron las normas sanitarias y la posibilidad de ampliarlas ante nuevos escenarios generados por la pandemia.