Confirman la condena a seis meses en suspenso contra Sabbatella por un juicio del Grupo Clarín
La Cámara de Casación, en fallo dividido, ratificó también la inhabilitación por un año para ejercer cargos públicos. El juez Mariano Borinsky desempató la votación.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a seis meses de prisión en suspenso y un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos para el actual titular de la Autoridad de Cuenca Matanza – Riachuelo, Martín Sabbatella, por el delito de “abuso de autoridad” en perjuicio del Grupo Clarín cuando era titular de la AFSCA, la Autoridad Federal del Servicio de Comunicación Audiovisual, creada por la Ley de Medios.
La Sala Cuarta del tribunal, en fallo dividido, rechazó la apelación de la defensa de Sabbatella pero dejó abierto el camino para un último recurso ante la Corte Suprema de Justicia.
"Vamos a apelar ante la Corte y esperemos que alguien ponga cordura a semejante disparate", confirmó el referente kirchnerista, quien tiene como abogados defensores a Graciana Peñafort y Alejandro Rúa.
La votación estaba empatada, puesto que el juez Javier Carbajo se había pronunciado por ratificar la condena, en tanto que Ángela Ledesma se inclinó por anularla y absolver a Sabbatella.
A la hora de desempatar, el tercer integrante del tribunal, Mariano Borinsky, coincidió con Carbajo y confirmó la condena, dictada en marzo de 2020 por el juez federal Ariel Lijo.
"La Cámara es presidida por el señor que se dedicaba a jugar al paddle en la Quinta de Olivos con el ex presidente (Mauricio) Macri. No sorprende porque representa la degradación de este Poder Judicial", afirmó Sabbetella en diálogo con "Es por Acá", el programa radial que conduce Fernando Alonso en La990.
El ex titular de AFSCA fue condenado por ordenar la readecuación de oficio del Grupo Clarín, lo que le imponía que se desprendiera de medios y señales que excedían el máximo permitido por la ley, que había sido declarada constitucionalmente válida por la Corte Suprema.
"Es un disparate. Llevan a juicio a un funcionario que tenía la responsabilidad de hacer cumplir la ley (de medios audiovisuales). Tendría que ser al revés: juzgados y condenados quienes se dedicaron a evadir el cumplimiento de una ley aprobada por el Parlamento nacional y declarada constitucional de punta apunta por la Corte", aseguró.
Según dijo Sabbatella, el objetivo de este tipo de fallos es "perseguir y disciplinar a quienes formamos parte de un proyecto popular en la Argentina".
Sabbatella fue el único condenado por el juez Lijo por ese delito; todos los demás imputados resultaron absueltos.
El ex titular de la AFSCA, organismo que fue disuelto por decreto durante el gobierno de Mauricio Macri, fue acusado por haber ordenado un “trámite diferencial y arbitrario" en contra del Grupo Clarín.
Los jueces Carbajo y Borinsky rechazaron la apelación de Sabbatella porque consideraron que “en casación sólo se pueden revisar las decisiones arbitrarias, desproporcionadas o con absoluto desapego a las pautas ofrecidas por el legislador para la imposición de penas, mas no las fundadas con ajuste a esos índices”.
Ese argumento formal, desgranado a lo largo de 66 páginas, evaluó que la condena contra Sabbatella “contiene los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes, que impiden la descalificación del fallo como acto jurisdiccional válido”.
En disidencia, la jueza Ledesma remarcó que “resulta sumamente llamativo que la sentencia concluya en la atribución de responsabilidad penal por un abuso de autoridad cuando de los motivos que ella expone surge que durante el proceso de adecuación se había cumplido con las exigencias de fundamentación propias de la administración pública”.
Para Ledesma, el fallo del juez Lijo “no se encuentra fundado dado que los elementos probatorios colectados resultan insuficientes para desvirtuar el principio de inocencia toda vez que no permiten sustentar con el grado de certeza requerido, la participación de Sabbatella en el supuesto delito de abuso de autoridad”.