Confirmaron el procesamiento de Leandro Santos por amenazas a Florencia Cocucci, amiga de Nisman
La Cámara Federal, en fallo dividido, ratificó la decisión de primera instancia del juez Sebastián Casanello.
La Cámara Federal confirmó el procesamiento sin prisión preventiva para el representante de modelos Leandro Santos por amenazas a Florencia Cocucci, la amiga con la que el fiscal Alberto Nisman viajó a México poco antes de su muerte.
Santos fue procesado en primera instancia por el juez federal Sebastián Casanello a raíz de las denuncias de Cocucci, quien describió que fue intimidada para despegar al representante de modelos en su relación con Nisman.
Santos fue la última persona de la que se tenga conocimiento judicial que mantuvo un contacto con Nisman a través de Whastsapp la noche previa a su deceso.
“De la prueba aunada al expediente se desprende que, entre febrero de 2015 y marzo de 2016, el nombrado habría extorsionado y amenazado a la denunciante a través de distintos medios, tanto de manera física como virtual, y tanto de forma directa como encubierta, con el objeto de amedrentarla, todo ello a los efectos de garantizar su impunidad con relación a los hechos delictivos que habría protagonizado”, sostuvieron los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
Santos está procesado en otra causa –conexa- por “trata de personas”, mediante la captación de modelos para que ejercieran la prostitución VIP so pretexto de ganar espacio en el mundo de la farándula y la moda.
Cocucci denunció que Santos la presionó para que ocultara lo que conocía sobre sus supuestas actividades de proxenetismo y facilitación de la prostitución vip tanto en Argentina cuanto en Uruguay, cuando fuera citada a declarar por la muerte de Nisman.
Santos fue procesado por “haber extorsionado y amenazado de muerte y de perjudicar su imagen a Cocucci, con el objeto de que aquella no ponga en conocimiento de los medios de comunicación y de la justicia, el negocio que llevaría adelante y a efectos que limpiara su nombre por haberlo mencionado como conocido del fiscal Alberto Nisman”, sostuvo el juez Casanello.
Ahora, la Cámara, en fallo dividido, estableció que los hechos “se enmarcan en un contexto de violencia de género, no solo porque se trata de una víctima del mencionado expediente, sino también debido a que habrían sido motivados precisamente para alcanzar la impunidad de su presunto autor”.
Los camaristas Bruglia y Bertuzzi comprendieron las contradicciones en el relato de Cocucci “justamente por el efecto de aquellas en la psiquis de la víctima, así como por el transcurso del tiempo y la sucesión de hechos que se habrían ido desencadenando”.
“Deviene natural que quien se encuentra amenazada de muerte por una persona, niegue tal circunstancia al ser preguntada en un Tribunal, ante el temor de las posibles represalias. De la misma manera, no resulta contradictorio que quien le exigió, en primera instancia, que no lo nombre, luego oriente sus esfuerzos a propugnar que la víctima limpie su nombre y luego ‘desaparezca de los medios’”.
El tercer integrante de la Cámara, Mariano Llorens, votó en disidencia por revocar el procesamiento y disponer la falta de mérito para profundizar la investigación.