La Cámara Federal de Casación confirmó las condenas a diez y 12 años de prisión para ex directivos de la automotriz Ford por su participación y colaboración con el secuestro y la aplicación de tormentos a obreros y delegados de la planta fabril ubicada en General Pacheco durante la última dictadura.

Las condenas recayeron sobre el ex gerente de Producción Pedro Müller, a diez años, y del Jefe de Seguridad de la empresa, el militar Héctor Francisco Sibilla, a 12, además del ex general Santiago Omar Riveros, sobre quien recayeron 15 años de cárcel, que se suman a otras condenas anteriores.

Los tres fueron condenados por las detenciones ilegales de obreros y delegados gremiales,  quienes fueron alojados en un centro clandestino de detención que funcionó en el interior de la planta, en el quincho del campo de deportes.

Los jueces Alejandro Slokar, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci (este último con una disidencia parcial) rechazaron las apelaciones presentadas por los condenados por las violaciones a los derechos humanos de 24 trabajadores de Ford.

Según el fallo,  directivos de la empresa confeccionaron un listado de trabajadores, incluidos legajos personales y fotografías, y aportaron la logística (vehículos para los operativos, varios de ellos en la propia fábrica) para las detenciones ilegales.

Reprimir hasta aniquilar

El fallo sostiene que esa conducta contribuyó a la decisión del régimen y sus colaboradores civiles de “reprimir y hasta aniquilar a dirigentes gremiales para el indispensable disciplinamiento del movimiento obrero, de modo de reestructurar las bases económicas, políticas y sociales, con consecuencias persistentes que se proyectaron en posteriores crisis reeditadas”.

“A partir del 24 de marzo de 1976 –sostiene la sentencia- Ford Argentina actuó mancomunadamente con las fuerzas armadas y de seguridad con el fin de ejercer el poder represivo contra sus empleados”. “Para ello fue decisivo el trabajo en conjunto con los directivos, a los fines de individualizar y acallar a sus dirigentes gremiales, proscribir las huelgas y organizaciones sindicales y evitar de ese modo cualquier entorpecimiento que pudiera repercutir negativamente en los niveles de producción”, añade.

Según el voto del juez Slokar, “la firma y sus altos directivos no sólo conocían y colaboraban con las fuerzas ejecutoras del terrorismo estatal, sino que realizaron un aporte activo, directo y coordinado con el propósito de lograr una política de disciplinamiento que favoreciera los niveles de producción”.

El juez Yacobucci coincidió en las condenas de Riveros y Sibilla, pero se inclinó por la absolución de Müller, puesto que consideró que no se había probado “siquiera mínimamente” su responsabilidad en los acontecimientos.