La Cámara Federal de Casación rechazó la recusación que el ex presidente Mauricio Macri formuló contra la jueza Ana María Figueroa en el marco de la causa por presunta defraudación contra la administración pública por los créditos a la cerealera Vicentín.

Macri buscó el apartamiento de Figueroa, quien denunció presiones durante el gobierno de Cambiemos por parte del ex representante en el Consejo de la Magistratura Juan Bautista Mahiques.

Macri reprochó a Figueroa por “temor de parcialidad”, pero los colegas de la jueza Diego Barroetaveña y Daniel Petrone desestimaron el planteo.

“El recusante no ha logrado demostrar la existencia de elementos objetivos suficientes, más allá de sus alegaciones, que demuestren la parcialidad invocada”, dijeron los camaristas al confirmar a Figueroa en la continuidad del expediente.

Macri había manifestado “un fundado temor de parcialidad” a raíz de la declaración como testigo de Figueroa en una causa en la que se investigan las supuestas presiones de la “mesa judicial” de Cambiemos, en su caso por el expediente del Memorando de Entendimiento con Irán.

“El contexto que dice haber padecido y en el que se coloca como víctima de persecución, no hacen menos que dejar al desnudo la afectación -que incluso la Jueza reconoce- en su ánimo y en su espíritu a partir de lo que asegura haber vivenciado”, había postulado Macri en su intento de apartarla.

Esas circunstancias –añadió- “aniquilan toda posibilidad de considerarla un tercero neutral y objetivo que pueda garantizar a nuestro asistido un juicio imparcial”.

La Cámara de Casación interviene como instancia revisora ante el impulso de la querella que llevan adelante, por un lado, la Unidad de Información Financiera (UIF) y por el otro el Banco Nación contra la cerealera Vicentín.

Macri acusó a Figueroa de “hostilidad y animadversión”, puesto que lo sindicó como “responsable de una –inexistente-persecución en su contra y del alegado -e inexistente- lawfare”.

Figueroa rechazó la acusación y recordó que “la declaración testifical como carga procesal impone la obligación de decir la verdad”.

“Fue en ese marco que contesté las preguntas que le formulara el Fiscal Federal respecto de un hecho delimitado y concreto, sobre el cual basé mi declaración”, resumió.

El tribunal aplicó un criterio restrictivo para “evitar que la recusación se transforme en un medio espurio para apartar a los jueces del conocimiento de la causa que por norma legal le ha sido atribuido”.