Casación rechazó un recurso del condenado por filtrar imágenes de Nisman en el Aeropuerto de Ezeiza
El agente aeroportuario Gonzalo Horacio Tzareff pretendía llegar hasta la Corte para que revisara la condena a un año de prisión en suspenso.
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un intento de llegar a la Corte Suprema del condenado por filtrar las filmaciones del difunto fiscal Alberto Nisman en el Aeropuerto de Ezeiza, cuando regresó sorpresivamente al país para denunciar por encubrimiento del atentado contra la AMIA a la ex presidenta Cristina Kirchner.
Se trata de Gonzalo Horacio Tzareff, el agente aeroportuario condenado a un año de prisión en suspenso y dos de inhabilitación por “violación de secretos y de la privacidad agravado por su condición de funcionario público”.
Tzareff era Jefe de Equipaje de Aduana y según la investigación fue quien tomó de los monitores de seguridad la filmación que luego filtró a medios de comunicación mostrando la llegada de Nisman a la Argentina.
El fiscal fue hallado sin vida en el baño del departamento en el que vivía en Puerto Madero y poco después las imágenes de su regreso al país fueron difundidas por canales de TV.
Tzareff fue condenado por el Juzgado Federal número dos de Lomas de Zamora el 13 de mayo de 2019 y esa sentencia fue ratificada en marzo pasado por la Cámara de Casación.
La defensa del imputado apeló para llegar a la Corte, pero la propia Casación le respondió hoy que su planteo es “inadmisible”.
“No ha sido demostrada en el caso la alegada vulneración a principios y derechos constitucionales básicos en los términos del apelante, a los efectos de ser considerados como una cuestión federal suficiente, debidamente fundada, que permita habilitar la competencia del Máximo Tribunal”, sostuvo el fallo que rechazó el acceso a la Corte.
“No corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de la sentencia, por cuanto para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida, que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el impugnante no ha conseguido probar”, subrayaron los jueces Juan Carlos Gemignani y Daniel Petrone.