La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal señaló que “existen datos reales, concretos y objetivos que permiten aseverar que por medio de sus conexiones ligadas a la posición que detentaba en la compleja organización criminal, podría fácilmente perjudicar la investigación, y que por medio de la asociación ilícita investigada el encausado podría obtener los medios materiales y económicos, y la cobertura necesaria para eludir el accionar de la justicia”.

Los camaristas, al resolver sobre la razonabilidad del mantenimiento de la prisión preventiva del falso abogado Marcelo D`Alessio, fundamentaron la medida a los fines de asegurar el correcto desarrollo del juicio oral. 

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“Gravedad”

El juez Gustavo Hornos, en su voto, destacó que “en todos los casos, y en particular los de gran gravedad y trascendencia como el investigado, la justicia debe procurar la resolución de los conflictos dentro de un plazo prudencial con el objeto de mejor asegurar las garantías de debido proceso e inviolabilidad de la defensa en juicio (art. 18 de la C.N.), y que se trata de un deber esencial a un adecuado servicio de justicia inherente a nuestro régimen constitucional republicano (art. 1 de la C.N.).

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Los jueces también adoptaron esta medida en atención a que el día 12 de septiembre de 2023 se dio comienzo al debate oral y público.

Por otra parte, los camaristas encomendaron al tribunal de juicio que, con la mejor utilización de las herramientas tecnológicas a su disposición, garantice el correcto desarrollo del debate al que exhortaron a que le imprima celeridad a su desarrollo.