Arribas insiste con llevar la causa por espionaje ilegal en el "Proyecto AMBA" a Comodoro Py
Pidió que se resuelva "con carácter de urgente" una inhibitoria que planteó el presidente de la Cámara Federal porteña, Martín Irurzun, contra la continuidad del expediente en el juzgado federal de Dolores.
El ex titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el gobierno de Cambiemos, Gustavo Arribas, le pidió a la Justicia Federal de Dolores que resuelva un planteo de “inhibitoria” para que la causa por presunto espionaje ilegal mediante el denominado Proyecto AMBA pase a Comodoro Py.
Mediante un escrito firmado por su abogado, Jorge Sourigues, el ex director de la AFI reclamó que “con carácter urgente, se dé respuesta al oficio inhibitorio librado por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Número 4” de la Capital Federal, Ariel Lijo.
En rigor, se trata de una indicación que le dio a Lijo el presidente de la Cámara Federal porteña, Martín Irurzun, quien consideró a fines del año pasado que la investigación sobre espionaje ilegal de la AFI contra dirigentes políticos, sociales, eclesiásticos y gremiales en la provincia de Buenos Aires debía tramitar en los tribunales federales de Retiro.
Arribas se sumó a esa postura y reclamó que el juzgado de Dolores se inhibiera de continuar con el expediente, en el que está procesado junto con su ex vicedirectora, Silvia Majdalani, y una veintena de agentes de inteligencia.
El ex juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla dispuso, poco antes de dejar el juzgado de Dolores para asumir en La Plata, que todas las causas vinculadas con el presunto espionaje ilegal debían tramitar juntas y que en ese contexto debía discutirse qué juez debía concentrar todos los expedientes.
Arribas discrepó con ese criterio: “Más allá del desacuerdo planteado oportunamente en relación con la acumulación de tales incidencias, lo cierto es que desde fines de febrero de este año no se ha dado respuesta al oficio inhibitorio librado por el magistrado federal porteño”.
“Resulta evidente, entonces, que la dilación producida en esta incidencia desnaturaliza la celeridad que contempló el código para el trámite de un planteo de competencia por inhibitoria y afecta garantías constitucionales vinculadas con el debido proceso, el derecho de defensa en juicio, el juez natural y la competencia territorial”, añadió.