Archivaron una causa contra Rosenkrantz por presunto favorecimiento a la continuidad de Highton de Nolasco
La Asociación Civil Exigir había denunciado en junio pasado que el juez había demorado un expediente que finalmente cerró la posibilidad de que los jueces continuaran en sus cargos sin reválida constitucional después de los 75 años de edad.
El ex presidente de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz fue exculpado en una causa en la que estaba acusado de haber participado de una maniobra para permitir que su ex colega Elena Highton de Nolasco continuara ejerciendo como jueza después de superar los 75 años de edad.
“No se vislumbra ningún elemento concreto que permita corroborar de manera objetiva las presunciones efectuadas por los denunciantes”, dijo el juez federal Ariel Lijo, en coincidencia con un dictamen del fiscal Carlos Stornelli.
La denuncia fue formulada en junio pasado por los representantes de la Asociación Civil Exigir, Federico Méndez y Pablo Llopart, quienes describieron una sucesión de hechos que posibilitaron que el fallo de la Corte que estableció que ningún juez puede continuar después de los 75 años de edad sin una reválida constitucional saliera después de la resolución que favoreció a Highton.
Rosenkrantz declaró por escrito en el expediente y “señaló que la denuncia era una operación político-judicial”. En ese sentido, negó que el expediente sobre la permanencia de los jueces en sus cargos hubiera sido retenido deliberadamente en su vocalía, explicó que lo tuvo durante “un total de un mes y una semana” y que fue “el juez que menos tiempo tuvo para estudiar y proyectar su voto en una causa de gran complejidad y trascendencia institucional”.
El fiscal Stornelli suscribió a esos argumentos y el 26 de noviembre pasado pidió “el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de delito”. El juez Lijo explicó que la falta de acusación de Stornelli le impedía avanzar en la causa, por “la fórmula de que sin acusación no hay jurisdicción pues no existe contradictorio”.
“Frente a la solicitud de sobreseimiento perpetrada por el acusador, la tarea del juez se encuentra acotada a examinar los requisitos de razonabilidad y legalidad de la petición, que en el presente caso se encuentran verificados”, sostuvo el juez.
No obstante, coincidió con el razonamiento del fiscal: “los argumentos brindados por la fiscalía son totalmente acertados en cuanto a que, del análisis de la prueba recibida, no surge elemento alguno que permita acreditar una conducta penal relevante en los hechos denunciados”.
“Se han realizado una gran cantidad de medidas probatorias y de la prueba producida en esta investigación no surgen elementos concretos que acrediten alguna conducta ilícita”, insistió Lijo. “De acuerdo a lo requerido por el mismo Fiscal Federal, no resulta pertinente proseguir con esta investigación”, resumió.