Fernández relevó del deber de guardar secreto de Inteligencia a varios ex funcionarios de Macri
De esta manera, todos los involucrados quedaron autorizados para prestar declaración ante el juez federal subrogante de Dolores, Martín Bava, en el marco de la causa que investiga el espionaje ilegal a familiares de submarinistas del ARA San Juan.
El presidente Alberto Fernández relevó este sábado del deber de guardar secreto y confidencialidad a varios funcionarios de la gestión de su antecesor, Mauricio Macri, y también a la actual titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Cristina Caamaño, para que puedan prestar declaración en la causa que investiga el espionaje ilegal a familiares de los 44 tripulantes del submarino ARA San Juan, que fallecieron como consecuencia de la explosión y posterior hundimiento de la embarcación.
A través del Decreto 762/2021, publicado este sábado en el Boletín Oficial, quedaron autorizados a dar detalles vinculados a la Inteligencia el ex ministro de Defensa Oscar Aguad; el ex secretario general de la Presidencia Fernando de Andreis; al ex jefe de la Custodia Presidencial Alejandro Cecati; el ex titular de la Casa Militar José Luis Yofre; y su sucesor, Alejandro Guglielmi; y el ex ministro de Seguridad bonaerense y actual presidente del bloque PRO en la Cámara de Diputados, Cristian Ritondo. El jefe de Estado también incluyó en el listado a Cristina Caamaño, actual interventora de la AFI.
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Alberto Fernández explicó la medida al señalar que el juez federal subrogante de Dolores, Martín Bava, "solicitó que se releve del deber de confidencialidad previsto en la Ley Nº 25.520 a siete personas que individualiza en el oficio de requerimiento, en atención a lo solicitado por la defensa del imputado ingeniero Mauricio Macri en su presentación escrita realizada en el marco de la audiencia indagatoria de fecha 3 de noviembre de 2021, y con el fin de evitar dispendios jurisdiccionales y eventuales planteos de las partes".
Asimismo, remarcó que en el expediente en cuestión "se investiga la posible comisión de delitos de acción pública vinculados a actividades de inteligencia prohibidas por la ley, y no a actividades o información que haya sido necesario clasificar en interés de la seguridad interior, la defensa nacional o las relaciones exteriores de la Nación".
"Con el fin de posibilitar la adecuada y efectiva actuación de los órganos jurisdiccionales, es que corresponde relevar a las personas solicitadas por el juez interviniente del deber de secreto y confidencialidad en los términos de la normativa vigente", agregó el decreto.