La Cámara Federal de Casación admitió el mecanismo de “juicio abreviado” para dictar condena contra un grupo de policías acusados de proteger a una banda de narcotraficantes que operaba en Bahía Blanca.

Los jueces Carlos Mahiques, Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma, revocaron la decisión del Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, que había rechazado el mecanismo, que consiste en que los acusados reconozcan su responsabilidad en los hechos que se les imputan a cambio de una pena menor a la que podría corresponderles en un juicio oral.

El tribunal bahiense había rechazado el juicio abreviado porque uno de los acusados no había aceptado someterse a ese mecanismo, ideado para simplificar los procesos penales y descomprimir la acumulación de causas.

“La presente causa se originó a partir del desprendimiento de otro expediente donde se investigó a una banda destinada al tráfico ilegal de estupefacientes. De allí se desprendía que algunos sujetos vinculados a las fuerzas de seguridad podrían haber otorgado ‘cobertura’ policial a la organización criminal”, señala el fallo.

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“El ilícito achacado a los imputados consiste en haber formado parte de la banda narco al menos durante el curso del año 2013, siendo su función la de proteger al resto de los miembros de ser descubiertos en su accionar ilícito, valiéndose para ello de sus funciones, obstaculizando la investigación y facilitando la comisión de la actividad en infracción a la ley de drogas”, añade la descripción.

Tres de los cuatro imputados aceptaron el juicio abreviado y se disponían a pactar la pena con el fiscal, pero un cuarto rehusó esa posibilidad y quedó entonces en camino a un juicio oral.

El tribunal oral declaró “inadmisible” el pedido de juicio abreviado, pero ahora la Casación lo admitió y ordenó seguir adelante con el mecanismo propuesto por las partes, aun excluyendo a uno de los acusados.

“La decisión que no hace lugar a la solicitud de juicio abreviado, basada únicamente en la falta de conformidad de todos los imputados afecta el principio acusatorio, el derecho de defensa en juicio en cuanto cercena la posibilidad de los imputados de optar por la estrategia procesal que juzguen más adecuada, el debido proceso y de ser juzgados en un plazo razonable”, sostuvo el fallo.