La otra epidemia y el derecho a la alimentación saludable
Por Brenda Austin (*)
Como cada año, el 16 de octubre se conmemoró el Día Mundial de la Alimentación con el objetivo de concientizar sobre el problema del hambre y la importancia de alcanzar la seguridad alimentaria para toda la población. Si bien derrotar el hambre debe ser la prioridad, la malnutrición también debe ser abordada con acciones concretas.
La pandemia nos brinda una oportunidad: aunque este tiempo ha destapado innumerables inequidades arraigadas en nuestra sociedad, también ha mostrado la capacidad de reacción y el potencial solidario que tenemos frente a momentos de incertidumbre y crisis.
Desde hace años convivimos con un problema de salud que sigilosamente se acrecienta y no es asumido como una prioridad en la agenda pública.
Hablamos de la obesidad que, según la OMS, ha alcanzado proporciones epidémicas a nivel mundial. Es un flagelo que se ha extendido en todo el mundo, afectando a la población más vulnerable. Así, los datos muestran que, en cuatro décadas, la cantidad de niños, niñas y adolescentes (NNyA) con obesidad se multiplicó por 11 en el mundo.
El elevado consumo de alimentos procesados con altos niveles de nutrientes críticos junto al sedentarismo, tienen una incidencia decisiva en el sobrepeso, la obesidad y el desarrollo de enfermedades crónicas asociadas, como diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, artrosis, cáncer, entre otras.
Estas enfermedades no sólo condicionan las perspectivas de crecimiento y desarrollo desde la infancia, sino que aumentan la vulnerabilidad a otros riesgos. Sin ir más lejos, la obesidad y la diabetes figuran entre los principales factores de riesgo de morbilidad y mortalidad entre pacientes de COVID- 19.
Desde luego, la Argentina no es la excepción a la tendencia mundial. En relación con los hábitos de alimentación, en los últimos 20 años, disminuyó el consumo de frutas y hortalizas en un 41% y 21%, respectivamente, mientras que el consumo de jugos en polvo y gaseosas se duplicó.
A su vez, los NNyA presentan patrones alimentarios menos saludables: el 50% consume dos o más bebidas azucaradas por día y, en comparación con los adultos, consumen el doble de productos de pastelería o de copetín y el triple de golosinas.
Las consecuencias se reflejan en el preocupante nivel de exceso de peso que afecta, sin distinciones, al 41% de NNyA entre 5 y 17 años; en tanto, en adultos la obesidad se asocia al menor nivel de educación y menores ingresos del hogar. Por su parte, las enfermedades crónicas no transmisibles son responsables del 73% de las muertes y del 52% de los años de vida perdidos por muerte prematura, distribución que es desigual y también afecta en mayor medida a la población más vulnerable.
Una diversidad de factores confluye en la construcción de los patrones alimentarios, pero uno de los más relevantes y urgentes para abordar es la falta de información junto a las concepciones erróneas sobre el valor nutricional de los alimentos. Teniendo en cuenta las herramientas disponibles a la hora de elegir qué comer, debemos preguntarnos si los ciudadanos y ciudadanas entendemos la información de las etiquetas nutricionales y si estas son lo suficientemente claras. Los datos muestran que no.
En la Argentina, sólo tres de cada 10 personas lee las etiquetas, y de éstas únicamente la mitad las entiende.
Entonces, es información que no informa debido a la complejidad en la definición de los contenidos y las porciones de los alimentos, y que refuerza la desigualdad de personas con menor nivel educativo e ingresos más bajos.
En línea con las recomendaciones internacionales, países de la región como Chile, Perú, Uruguay y México han implementado el etiquetado frontal de advertencia en alimentos y bebidas.
Consiste en la presentación en la cara principal del envase de símbolos que indican cada nutriente crítico que se encuentra en exceso en la composición del alimento.
Diversos estudios, incluso locales, demuestran que es una potente herramienta para la concientización y empoderamiento de los consumidores ya que permite proporcionar mejor información en un tiempo más corto y favorecer la elección de alimentos saludables.
Además, por su sencillez y fácil interpretación, es el tipo de etiqueta más comprendida por NNyA y personas de menor nivel educativo, lo cual respalda una adecuada protección a los grupos en mayor situación de vulnerabilidad.
En ese marco, la Argentina no puede permanecer en el atraso.
Hoy se comercializan productos con declaraciones que los asimilan a "alimentos saludables", mientras en otros países presentan rotulado de advertencia por exceso de grasas saturadas, sodio o azúcares. En distintas oportunidades se intentó avanzar, incluso en la apertura de sesiones el ex presidente refirió al abordaje de la obesidad infantil como una política central de su gestión; sin embargo, el Congreso todavía adeuda una política activa para contrarrestar esta problemática.
Por eso, el pasado 6 de marzo presentamos una iniciativa para regular el etiquetado frontal de advertencia de alimentos destinados al consumo humano (Expte. 369-D-2020) con el objetivo de brindar información simple y de fácil comprensión, de manera complementaria al rotulado nutricional actual.
Se trata de asegurar los medios adecuados para garantizar el efectivo acceso a la alimentación saludable, favoreciendo la autonomía y la toma de decisiones de consumo verdaderamente informadas. El proyecto de ley fue acompañado por las/os diputadas/os Claudia Najul, Soher El Sukaria, Roxana Reyes, Gabriela Lena, Federico Zamarbide, Lidia Ascarate, Aída Ayala, Héctor Stefani y Graciela Ocaña.
Asimismo, la iniciativa prevé restricciones en torno a la publicidad y ofrecimiento de estos productos a fin de proteger a NNyA, quienes -debido a la falta de madurez y desarrollo cognitivo- son especialmente vulnerables a ser persuadidos por las estrategias de marketing de productos de bajo valor nutricional.
Frente al vacío normativo en Argentina, sin dudas, la adopción del etiquetado frontal de advertencia además permitirá establecer las bases sobre las cuales se asienten otras políticas necesarias para abordar la epidemia de la obesidad de forma integral.
El derecho a la alimentación adecuada es un derecho humano íntimamente vinculado al derecho a la salud que los Estados tienen obligación de promover y proteger y que no sólo refiere a la protección contra el hambre, sino que exige garantizar la disponibilidad de alimentos de valor nutricional.
En ese sentido, el escenario de emergencia por la pandemia exige replantear nuestros modos de vida y nos presenta oportunidades y desafíos a futuro. En línea con el manifiesto impulsado por la OMS, aspiramos a que las decisiones que se tomen en la post-pandemia estén orientadas por una recuperación saludable que ponga el acento, entre otros aspectos, en la alimentación saludable y la seguridad alimentaria.
Un paso clave para ello comienza por contar con información clara y eficaz que nos permita conocer qué consumimos, de manera de priorizar un abordaje preventivo de las enfermedades y dirigir esfuerzos a construir entornos y hábitos alimentarios nutritivos, conscientes y sostenibles.
(*) - Diputada nacional por Córdoba - UCR.