Por Laura Rodríguez Machado (*)

La Corte Suprema de Justicia se expidió ayer sobre el traslado de jueces de la Nación, tema cuya resolución era fundamental para los argentinos, quienes creemos que los Gobiernos no deben generar presiones que afecten la independencia del Poder Judicial.

Recordemos, los jueces Leopoldo Oscar Bruglia y Pablo Daniel Bertuzzi fueron trasladados a ocupar cargos de igual competencia, jerarquía y fuero, conforme a una norma legal. Su existencia data de hace 20 años y fue utilizada por todos los gobiernos durante ese período, también por el kirchnerismo. El Consejo de la Magistratura, conforme a la ley vigente y a su competencia constitucional, aprobó el "Reglamento de traslado de jueces" con la Resolución N° 155 del 28 de junio de 2000.

Ahora bien, estos jueces, tienen en su historia judicial fallos en los que se juzga a personas de mucho poder que integran el actual Gobierno. Entre ellas se encuentra Cristina Fernández de Kirchner. Los doctores Bertuzzi y Bruglia han intervenido en causas que tienen a la actual presidente del Senado como, por ejemplo: "Cuadernos", "Cartelización de la Obra Pública", "Gas Licuado", "Subsidios a los trenes", "Ruta del dinero K", "Subsidios a los colectivos" y "Aviones". Esta última por el uso de la flota oficial para el transporte de mobiliario para sus hoteles.

El fallo es extenso y para no hablar en un lenguaje incomprensible para los no juristas me hago preguntas, las mismas que ahora también se hace la gente. Si la Corte Suprema, en otras oportunidades, fue consultada sobre temas de traslados de jueces según la norma que se aplico hasta ahora, y en sus acordadas, en especial la Nro. 7/18, dice clara y expresamente que estos jueces no necesitaban un nuevo concurso para cubrir estos cargos... ¿por qué allí también no se mencionó que sólo lo hacían en forma temporaria, debiendo ser cubiertos luego por un juez concursado? O ¿por qué no, tal como lo hace en este fallo no declaró inconstitucional en ese momento tal "Reglamento de traslado de jueces" advirtiendo que no debe ser aplicado más, luego de 70 años de similares procedimientos de traslados?.

Bertuzzi y Bruglia ya son "jueces naturales" en causas de corrupción "K". Cualquier movimiento para que no estén más en esas causas que involucran a funcionarios del mismo signo que el Gobierno genera sospechas.

Si ahora, y repito, recién ahora, se declara inconstitucional el "Reglamento de Traslado de Jueces", ¿por qué no se respeta a quienes, antes de ser declarado inconstitucional, estaban ya en un cargo dejándolos como jueces naturales de esos casos, precepto también constitucional y deja en manos de la mayoría K un nuevo nombramiento de jueces que los reemplace? Dice el fallo que el traslado no puede ser considerado nunca como definitivo, por dicho motivo los van a concursar. Dice también que las costumbres inconstitucionales no generan derechos, esta última es una obviedad advertida cuando jueces independientes se expidieron en sus fallos contra el poder gobernante, luego de 70 años de tal costumbre.

Es verdad que ellos mismos pueden concursar esos cargos donde hoy revisten. Es verdad que, milagro mediante, podrían sus pliegos ser enviados al Senado por Alberto Fernández, si aprueban el concurso para que sean designados de manera permanente en ese mismo cargo. Pero, claro está, que no podemos ser tan ingenuos en pensar que la mayoría kirchnerista del Senado vaya a tratar esos pliegos y mucho menos busque aprobarlos.

Así que también, diciendo que se imparte justicia, se viola el principio del "juez natural". O algo más grave aún, mientras Bruglia y Bertuzzi permanezcan en sus cargos, sabrán que todas las sentencias o pronunciamientos que dicten, en contra de la actual vicepresidenta de la Nación u otros funcionarios "K" serán atentamente observadas por aquellos que luego definirán sobre la aprobación de sus pliegos en el Senado. Convierte a jueces probos, en vulnerables. Aunque confío absolutamente que estos jueces valientes seguirán fallando conforme a Derecho y haciendo de la imparcialidad un estandarte, pero es una mala señal de presión sobre la Justicia.

Un aspecto positivo en el fallo es el pronunciamiento en relación a los actos realizados por los jueces a la fecha y hasta que los reemplacen. Ellos no deben volver a sus tribunales de origen, pues sus traslados son legítimos como tales, así se evita la incertidumbre jurisdiccional, ya que esa definición implica validar todos los actos que dicten mientras cubren esas vacancias.

Y como para que nadie se quede sin recibir un llamado de atención, el fallo permite hacer una observación sobre la modalidad que pergeñaron, luego votada por el Bloque del Frente de Todos de manera monolítica en el Senado, para que abandonen sus cargos y sus despachos, teniendo que regresar al cargo de origen.

La Corte Suprema dijo que sus traslados son válidos, por lo tanto, como dije en el Senado, sacarlos -de la manera que se pretendió hacerlo- implicó que, tanto la Comisión que aprobó esta modalidad como los senadores del Frente de Todos, que la votaron, erraron el procedimiento. Habría que pedirles institucionalmente disculpas desde el Senado a estos jueces. No sé si lo harán. En tanto yo lo hago, en nombre propio, a pesar de haber votado en contra de semejante arremetida.

(*) Senadora de la Nación por Córdoba y vicepresidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado.