Lima y Callao en estado de emergencia frente a la delincuencia
Los ilícitos están a la orden del día en todo el país y van in crescendo.
El Gobierno del Perú decidió este miércoles declarar en estado de emergencia por 45 días la ciudad Metropolitana de Lima y su vecina provincia del Callao, para enfrentar la "delincuencia generalizada" que viene azotando de manera creciente a estas localidades.
El anuncio fue hecho este jueves por el nuevo titular de la cartera de Defensa, José Luis Gavidia, quien aseguró que con la nueva medida la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el orden interno con el apoyo de efectivos de las Fuerzas Armadas y de las autoridades locales.
"(La decisión tiene como propósito) enfrentar este flagelo que tenemos actualmente, que es la delincuencia generalizada en todo el país, pero principalmente en Lima y Callao", subrayó en rueda de prensa tras la primera reunión del Consejo de Ministros conformado el martes.
El funcionario indicó que un decreto supremo comprenderá un conjunto de reglas que darán el marco legal a las Fuerzas Armadas "para el uso de la fuerza" en apoyo a la policía. "Creo que es un clamor popular y creo que hay que tomar las decisiones que realmente el pueblo está pidiendo", sostuvo Gavidia.
La rueda de prensa fue complementada con la intervención del ministro del Interior, Alfonso Chávarry, quien explicó que durante los próximos 45 días "se suspenden los derechos fundamentales de las personas, como la inviolabilidad de domicilio y la libertad de tránsito".
Aclaró que la Policía Nacional será la encargada de "ejecutar y hacer cumplir" el estado de emergencia en Lima y Callao en ese lapso, para lo cual cuentan con un "plan estratégico".
De acuerdo con el artículo 137 de la Constitución peruana, el Ejecutivo puede declarar estado de emergencia en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación.
En esa eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
Sin embargo, el plazo del estado de emergencia no puede exceder de los 60 días y su prórroga requiere de un nuevo decreto que lo ampliará por 30 días, si es que continúa la situación que motivó a declarar esa medida.