La prohibición de fumar en el espacio público si no se puede garantizar la distancia mínima de seguridad de 2 metros entra en vigor en Cataluña este martes. La medida fue aprobada por unanimidad en el Consejo Interterritorial de Salud del último viernes, con el objeto de prevenir el aumento de contagios por coronavirus. No obstante, las diferentes comunidades autónomas la van aplicando en días dispares junto a otras recomendaciones y prohibiciones.

En el caso de Cataluña, el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) dispone este martes la medida: "No se puede fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de al menos 2 metros. Esta limitación es aplicable, también, para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados".

El decreto de la Consejería de Salut también incluye otras limitaciones relacionadas a la prevención de la pandemia, como la reducción de las reuniones a un máximo de diez personas, y respecto a los locales nocturnos, la garantía de metro y medio entre mesas y distancia en la barra, así como se dispuso el horario de cierre a la 1 de la madrugada.

Por último, el decreto advierte que los incumplimientos "individualizados" pueden ser constitutivos de infracción administrativa. Estas infracciones y las correspondientes sanciones están explicitadas en el Decreto ley 30/2020, de 4 de agosto, un régimen de sanciones específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19.

Otras comunidades autónomas que han iniciado este martes la prohibición de fumar en el espacio público si no es posible mantener la distancia de seguridad son: Extremadura, Euskadi, Comunitat Valenciana y Baleares, cada una con un compendio de medidas anexas.