El jueves pasado se votó por unanimidad el dictamen del proyecto que tiene por objetivo que cerca de 1.300.000 trabajadores/as y jubilados/as que hoy están sujetos al Impuesto a las Ganancias, dejen de pagarlo. Durante el debate en el plenario de comisiones en Diputados, del que han participado funcionarios del Poder Ejecutivo, representantes de las organizaciones de trabajadores, y expertos tributaristas, se han incorporado varios beneficios que amplían el alcance del proyecto.

Dicho proyecto de ley prevé exceptuar del pago del impuesto a los trabajadores/as que cobren un salario mensual bruto de hasta $150.000, y sin considerar para este cálculo el aguinaldo, con lo cual queda exento para este grupo. Históricamente, el 10% de los trabajadores en relación de dependencia pagaban ganancias, y entre 2016 y 2019 ese porcentaje se incrementó hasta el 23%. Con el proyecto votado en comisión, sólo el 7% quedaría alcanzado por el impuesto.

Para evitar un salto brusco para los salarios que superen los $150.000, desde ese monto, y hasta los $173.000, habrá un tratamiento especial, pues se verá reducido el aporte, aunque de modo progresivo: el beneficio va a ser menor cuanto mayor sea el ingreso hasta el límite citado. De esa forma, no habrá un salto entre los que ganan, por ejemplo, $172.900 brutos y los que ganan $173.100.

En el caso de los haberes previsionales, se eleva de 6 a 8 haberes mínimos el piso para quienes no estarían alcanzados por el gravamen: son actualmente unos $152.000, importe que se incrementaría en marzo por la movilidad vigente. También se flexibiliza la restricción para percibir tal beneficio para aquellos que tengan otros ingresos por fuera de la jubilación, limitación que fue establecida en las reformas de 2016 y 2017. Ello significa que si un jubilado/a tiene ingresos por intereses de plazo fijo aún por montos exiguos, pierde el beneficio de la exención: con el proyecto, y hasta determinados límites, ello ya no sucederá. Con esta norma, la proporción de haberes jubilatorios alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, que fue del 5,3% en 2020, se reduciría al 2,4%.

Se permite deducir a los convivientes, sean del mismo o de diferente sexo, cuando en la actual reglamentación sólo se podía deducir al cónyuge, en ambos casos por el mismo monto. Se duplica la deducción por los hijos con discapacidad. Se exime del impuesto a los reintegros documentados con comprobantes de gastos de guardería y/o jardín materno-infantil hasta los 3 años, y a las guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada. Respecto a la deducción de movilidad y viáticos, los montos serán fijados por los convenios colectivos de cada actividad, con un tope establecido en la ley. 

Los distintos parámetros se ajustarán por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables “RIPTE”, de forma tal que vayan evolucionando al mismo ritmo que los salarios.

La vigencia del proyecto será retroactiva al 1º de enero de 2021. Este es un gran alivio fiscal adicional para los trabajadores/as y jubilados/as alcanzados/as por el proyecto, ya que lo que hayan pagado de Impuesto a las Ganancias por los meses de este año transcurridos, se les devolverá.

La aprobación en unanimidad en las comisiones de la Cámara de Diputados (con algunas disidencias parciales de diputadas/os de JxC) anticipa un amplio apoyo al proyecto que se está tratando, que implicará, además, un impulso a la actividad económica, dado que los montos que se dejarán de pagar del impuesto irán en su mayoría al consumo. 

(*) Carlos Heller es diputado nacional Frente de Todos y presidente del Partido Solidario.