El Ministerio de Trabajo lanzó un Programa para impulsar la participación de mujeres y diversidades sexuales en organizaciones sindicales, con el fin de limitar la  "sobrerrepresentación masculina" en los gremios.

Se trata del "Programa de fortalecimiento del liderazgo de las mujeres y diversidades sexuales en las organizaciones sindicales", que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Políticas de Inclusión en el Mundo Laboral, según la Resolución 434/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

El objetivo del Programa será "brindar y facilitar herramientas para el empoderamiento de las mujeres y diversidades sexuales en sus organizaciones sindicales, mediante la capacitación y formación sindical", de acuerdo con el texto oficial. Trabajo dispuso además la "consulta permanente" con las centrales sindicales para el cumplimiento de los objetivos y lineamientos de la iniciativa.

A la vez, justificó el lanzamiento del Programa, al señalar que "advertida la subrepresentación de mujeres en las comisiones directivas y comisiones negociadoras de los sindicatos, se promulga la Ley Nº 25.674, que establece un cupo femenino mínimo del 30% o aquel proporcional a la cantidad de trabajadoras, en las comisiones directivas de los sindicatos y comisiones negociadoras".

Pero aclaró que aún cuando esa Ley "ha significado un avance en la participación de las mujeres en la vida de los sindicatos, todavía se advierte una sobrerrepresentación masculina en los puestos de decisión, en los cuerpos de delegados y en la conformación de las comisiones negociadoras".

Para el Ministerio, esa "sobrerrepresentación masculina" en las cúpulas de los sindicatos "permitiría advertir la presencia de prácticas discriminatorias, motivadas en razón del género, que obstaculizan y dificultan el acceso a los cargos de dirección y comisiones negociadoras, a las mujeres y personas LGBTI+".

En ese sentido, se reconoció "la trayectoria y relevancia de las acciones impulsadas por las redes de mujeres sindicalistas para la erradicación de la discriminación en el ámbito sindical y en el trabajo, así como para la prevención y abordaje de la violencia laboral".

La Ley Nº 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales, establece que se considerará "violencia laboral contra las mujeres" aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, por razones del género.

Otra Ley, la Ley Nº 27.636, estableció el Cupo Laboral Travesti Trans, que garantiza un cupo laboral mínimo en el ámbito público y promueve la inserción laboral y contratación de personas travesti trans, en el ámbito privado.