Según un informe, las PyMEs sufren cada vez más la presión tributaria
El oficialismo presentó un proyecto de ley que establece un impuesto mínimo del 15% a PyMEs y multinacionales. Se espera su tratamiento junto con la Ley de Presupuesto 2024.
El ministro de economía, Sergio Massa, presentó en el Congreso un proyecto de ley para que las empresas paguen un impuesto mínimo equivalente al 15% de la utilidad contable que surge del balance comercial. La iniciativa alcanzaría a las Medianas Empresas Tramo 2 del cuadro PyMEs establecido por AFIP y a las grandes compañías.
El oficialismo aspira a que este proyecto se trate junto con el Presupuesto 2024, luego de las elecciones del 22 de octubre.
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De acuerdo con lo estipulado en el proyecto, las sociedades con ingresos brutos equivalentes a Medianas Empresas Tramo 2 deberán ingresar una suma equivalente al 15% de la ganancia contable que surja del balance comercial correspondiente al período fiscal de que se trate, dentro del plazo que establezca la AFIP. Este impuesto mínimo se podrá considerar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias del período correspondiente, pero el importe no compensado, no podrá ser traslado a los períodos fiscales siguientes, ni podrá ser objeto de compensación con otros gravámenes a cargo del contribuyente o de solicitudes de reintegro o transferencia a favor de terceros. Asimismo, el proyecto no establece exenciones ni deducciones a la utilidad contable.
Por su parte, el tributarista Sebastián Domínguez advirtió que el criterio utilizado por AFIP para la categorización de las PyMEs puede diferir del parámetro utilizado en esta ley. Al respecto, comentó que “no se aplica el mismo criterio que para categorizarse como MIPYME, donde se toma el promedio de los últimos 3 ejercicios, sino que se toma la facturación anual de esa categoría y se compara con los ingresos del ejercicio. Entonces puede pasar que una empresa mediana tramo 1, que tiene esa categoría porque se toma el promedio de los últimos 3 ejercicios (según tabla de AFIP), deba pagar este impuesto porque en el ejercicio haya superado el valor de facturación y encuadre como empresa grande o mediana tramo 2”.
Según un informe de PGK Consultores, el proyecto se fundamenta en las discusiones que tuvieron lugar en distintos foros internacionales desde 2015 hasta la actualidad respecto a cómo hacer tributar a las firmas multinacionales en un debate que apunta a “redistribuir la riqueza de las grandes empresas hacia los países en desarrollo”, utilizando como vehículo la renta empresaria.
No obstante, estos fundamentos distan mucho de la realidad del proyecto cuyo objetivo principal es compensar la caída de la recaudación provocada por distintas medidas tomadas por el ministro de economía en las últimas semanas, entre ellas la eximición de los trabajadores en relación de dependencia de pagar ganancias, la devolución del IVA a un sector de la población, los bonos a jubilados y pensionados, entre otras.
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En esta línea, Javier Fuentes, gerente de impuestos de la consultora mencionada, señaló que “los argumentos esgrimidos a nivel mundial se basan en las asimetrías que provocan los diferentes incentivos fiscales en la aplicación del impuesto a las rentas. Por lo tanto, aplicando un impuesto mínimo que asegure un 15 % de recaudación sobre las rentas empresarias, se lograría un “equilibrio” fiscal en los distintos países donde se sitúan las grandes empresas”.
Sin embargo, Fuentes destacó que en Argentina “la falta de un adecuado manejo de los fondos públicos y una economía que se estanca año tras año y sin inversiones del sector privado en cantidad razonable y suficiente, hace que las rentas empresarias sean pobres o negativas” y remarcó que “la aplicación de este impuesto no hará más que traer una mayor recesión y desaceleración de nuestra economía”.
Por último, el especialista indicó que “todo depende del texto con el que se termine aprobando esta ley, ya que puede ser que funcione como el viejo esquema del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta o que efectivamente se transforme en un impuesto más para las empresas. En el primer caso, el valor que se determine del impuesto mínimo global si es inferior al Impuesto a las Ganancias, no tendrá impacto. De ser al revés, entonces redundará en mayores pérdidas. Y en un país en el cual no existen incentivos a la producción, la imposición de estos esquemas tributarios no augura mejores resultados para el país”, concluyó.