Prorrogan un mes más la moratoria impositiva para Mipymes dispuesta en la ley de Emergencia
Con la extensión de la cuarentena "persisten las causas que motivaron", la prórroga anterior
El presidente Alberto Fernández dispuso una nueva prórroga hasta el 31 de julio de la regularización impositiva, aduanera y previsional para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que se había establecido en la ley de Emergencia de diciembre del año pasado.
La medida se concretó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 569/20 publicado hoy en una edición extraordinaria del Boletín Oficial y extiende la prórroga anterior que vence este martes 30, a raíz de que “persisten las causas que motivaron” esa decisión, por la persistencia de la pandemia de COVID-19 y el anuncio de la profundización de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio en el Área Metropolitana.
En los considerandos del DNU se consideran las sucesivas prórrogas de la cuarentena, que a su vez fueron acompañadas por resoluciones de diferentes organismos como la AFIP, la ANSeS o el Banco Central, debido a que “las medidas adoptadas desde la aparición de la pandemia han repercutido no solo en la vida social de los y las habitantes, sino también en la economía”.
Al respecto, la norma reconoce que “muchas de las actividades que realizan los sujetos” alcanzados por este régimen de regularización “se han visto restringidas”.
El DNU se dio a conocer días después de que el diputado entrerriano del Frente de Todos, Marcelo Casaretto, presentara un proyecto de ley en el mismo sentido, aunque en su caso no solo para Mipymes sino para toda clase de empresas y personas humanas.
La medida suscripta por Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros del Gabinete, prorroga hasta el 31 de julio el plazo que en la ley 27.541 se establecía para las obligaciones fiscales, aduaneras y previsionales al 30 de noviembre de 2019.
Posteriormente, ya en el contexto de la pandemia y la cuarentena, el plazo se extendió hasta el 30 de junio.
Asimismo, el DNU establece que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten desde el 1° de julio y hasta el 31 de julio de “vencerá el 18 de agosto de 2020” y que la Administración Federal de Ingresos Públicos dictará la normativa complementaria y aclaratoria necesaria.
La nueva prórroga se dicta “con el propósito de asegurar que la adhesión al régimen no se vea afectada por la pandemia y torne eficaz la recuperación de la economía”, en el marco de constantes reclamos de facilidades para el pago de impuestos realizados por diferentes cámaras empresarias.