El Gobierno nacional oficializó hoy la puesta en marcha de un incremento escalonado en cinco meses de los precios del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria y del bioetanol a base de caña de azúcar, que llegará al 90% en mayo.

La primera medida suspende hasta el 31 de mayo el procedimiento para la determinación del precio de adquisición del biodiesel aprobado por el macrismo a través de la Resolución N° 83 de marzo de 2018.

A partir de ello, fija los siguientes precios de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 26.093, para los períodos que se detallan a continuación:

    77.300 pesos por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en enero. 86.875 pesos por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en febrero. 89.975 pesos por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en marzo. 90.300 pesos por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en abril. 92.558 pesos para las operaciones a llevarse a cabo en mayo de 2021.

    La Resolución señala que el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente. Y sustituye transitoriamente para enero, febrero y marzo de 2021 la proporción obligatoria de biodiesel en su mezcla con el total del volumen del combustible fósil gasoil establecida por el Artículo 7° de la Resolución N° 1283 de septiembre de 2006.

    La proporción quedó establecida para en el 5% para enero; el 6,7% para febrero; y el 8,4% para marzo; y se retomará a partir de abril de 2021 el 10% de mezcla obligatoria establecido por las normas precitadas.

    La Resolución 2 de este lunes suspende hasta el 31 de mayo el procedimiento para la determinación del precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar aprobado a través de la Disposición N° 81 de fecha 30 de mayo de 2019.

    Y fija los siguientes precios de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar destinado a su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 26.093, para los períodos que se detallan a continuación:

      43.600 pesos por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en enero. 47.800 pesos por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en febrero. . 48.700 por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en marzo. 49.600 por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en abril. 51.132 por tonelada para las operaciones a llevarse a cabo en mayo.

      El plazo de pago del bioetanol no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.