La Argentina cuenta con 3,7 millones de jubilados por regímenes diferentes al general, lo que representa el 40% del total, con haberes que en promedio superan en un 85% al promedio de los beneficios comunes.

Si bien en algunos casos específicos puede admitirse la existencia de regímenes excepcionales, la cantidad de beneficiarios que alcanzaron en su totalidad representan una “dimensión excesiva” que vulnera el principio básico de un sistema previsional que, por tratarse de un seguro para toda la sociedad, “parecería que lo ideal es que las reglas sean idénticas para todas las personas que participan”.

Así lo considera el especialista previsional Rafael Rofman, reciente incorporación del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), luego de desempeñarse como especista líder de Protección Social y líder del Programa de Desarrollo Humano del Banco Mundial.

“Si bien es posible argumentar que algunos trabajadores/as o grupos de trabajadores/as deberían recibir un trato distinto que el conjunto de la población, los regímenes previsionales de excepción en Argentina parecen tener una dimensión excesiva, con claros impactos sobre la equidad, transparencia y costos del sistema en su conjunto”, señaló Rofman.

Esa inequidad puede comprobarse con la confrontación de datos de los diferentes regímenes: en 2020 el haber promedio del régimen general fue de $21.212, tres veces menos que el de las fuerzas armadas y de seguridad, las cajas provinciales y las profesionales y casi la cuarta parte que lo que percibieron los beneficiarios de los regímenes especiales de la ANSeS.

En ese sentido, recomendó “avanzar en una estrategia de reformas que, respetando derechos adquiridos, focalicen la protección especial en quienes realmente la necesitan y la implementen mediante esquemas eficientes y transparentes”, a fin de consolidar “un sistema previsional nacional más justo, inclusivo y sostenible”.

En su análisis, Rofman parte de considerar que en el país “hay cerca de 3,7 millones de beneficios de regímenes de excepción (un 40% del total), con haberes que, en promedio, son un 85% superior al promedio del régimen general” y a quienes se destinan recursos que “alcanzan el 7% del PIB”.

Rofman identificó “al menos cinco categorías de regímenes previsionales que se diferencian del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)”.

La primera categoría, “regímenes diferenciales”, se asocia a situaciones particularmente dificultosas o físicamente demandantes de ciertos trabajos que resultarían en un “envejecimiento prematuro”.

La segunda, llamada “regímenes especiales”, contempla el acceso diferencial a beneficios previsionales por la existencia de méritos que lo justifican.

Una tercera categoría incluye a los esquemas que cubren a personas que se desempeñaron en las fuerzas armadas y de seguridad, son administrados por instituciones independientes y combinan argumentos de mérito y de especificidad en su justificación.

Los sistemas provinciales, incluyendo a los que cubren el empleo público y las cajas profesionales independientes son una cuarta categoría, fundamentada en cuestiones de inercia legal.

Una quinta y última categoría es la relativa a las pensiones no contributivas, otorgadas en respuesta a situaciones de extrema necesidad, mérito o situaciones particulares como expresidentes, medallistas olímpicos, ganadores del Premio Nobel, ex combatientes de Malvinas, y víctimas del terrorismo de Estado durante la última dictadura militar, entre otros.

Entre las razones que justifican la atención y el análisis sobre la conveniencia o no de la existencia de regímenes de excepción, Rofman señala tres:

1.- Introducir regímenes más generosos que el general afecta la equidad y, al financiarse por recursos recaudados mediante el sistema tributario, podría implicar efectos distributivos no deseados.

2.- La sostenibilidad de recursos se ve alterada, puesto que aquellos utilizados en los regímenes excepcionales no están disponibles para otros fines.

3.- Se arriesga la eficiencia del sistema, dada la fragmentación normativa e institucional producida por los regímenes, pudiendo resultar en una negación de derechos a ciudadanos.

Por esas razones, Rofman abogó por “una revisión profunda del sistema previsional argentino” que “debería incluir cambios para limitar el rol de los regímenes de excepción al mínimo posible”.

Como regla general, el especialista del CIPPEC sostuvo que “una aproximación razonable implicaría que la ciudadanía en su totalidad participe del régimen general en igualdad de condiciones y que, en los casos que se justifique, se definan mecanismos de financiamiento transparentes para las condiciones diferenciales de participación”.