Oficializaron la suspensión de exportación de carne vacuna por 30 días
La resolución 75/21 del Ministerio de Agricultura fue publicada en el Boletín Oficial.
El Gobierno oficializó hoy la suspensión de las exportaciones de carne por "un plazo razonable de 30 días", con el fin de evitar a suba de precios en el mercado interno. El Poder Ejecutivo aclaró que la suspensión podrá darse por concluida "una vez que se verifique el normal abastecimiento, a precios razonables y conforme los acuerdos alcanzados".
La decisión, que provocó un cese de comercialización impulsado por entidades agropecuarias, se formalizó por medio de la Resolución 75/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial. El aumento del valor de los principales cortes de carne vacuna fue, precisamente, la razón esgrimida desde el gabinete económico para avanzar con una medida resistida por la dirigencia agropecuaria, que este mismo jueves comenzó un cese de comercialización de carne por nueve días.
"Suspéndese, por el plazo de 30 días, la aprobación de solicitudes de Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC), en los términos de la Resolución Conjunta N° 3 del 19 de abril de 2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo y del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, respecto de los productos cárnicos de origen bovino", según el texto oficial. Esa Resolución Conjunta aprobó la DJEC como requisito previo a la exportación de mercadería, recordó Agricultura.
Ahora, quedaron exceptuadas de las disposiciones oficiales las mercaderías destinadas al consumo y que sean exportadas dentro de los contingentes arancelarios otorgados por terceros países a la República Argentina, amparados por certificados de autenticidad y/o exportación. La Resolución comenzó a regir este jueves y será aplicable respecto de las solicitudes ingresadas a partir de la fecha de entrada en vigencia, de acuerdo con lo establecido.
El Poder Ejecutivo resaltó que la Ley N° 22.415 admite ciertas limitaciones a las exportaciones, sean o no económicas, cuando tengan por finalidad:
- Estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de oferta adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno.
- Resguardar la buena fe comercial, a fin de impedir las prácticas que pudieren inducir a error a los consumidores.
- Afirmar la soberanía nacional o defensa de las instituciones políticas del Estado.
- Salud pública, política alimentaria o sanidad animal o vegetal, entre otras.
Además, señaló que de conformidad con el actual avance del mercado exportador de carnes, sus precios "han experimentado un alza sostenida, producto de la creciente demanda de dichos productos, principalmente por parte de los mercados asiáticos".
"Esta situación ha generado que los precios internos acompañen los de exportación de la carne vacuna, en contexto donde el precio mundial de los alimentos ha aumentado
significativamente", añadió.
En ese sentido, indicó que la fijación de valores del mercado internacional "para alimentos locales que constituyen productos básicos de la mesa de los argentinos, implicaría renunciar a los deberes básicos en materia de política económica".
"Bajo esos parámetros y según lo informado por el Ministerio de Desarrolo Productivo, surge que en materia de comercialización de los productos cárnicos de origen bovino existe una distorsión de precios que superan los índices generales de inflación en materia de alimentos y que impiden el normal abastecimiento de los consumidores y las consumidoras del mercado interno", enfatizó el Gobierno.
Por ese motivo, subrayó que "se ha considerado que la suspensión sea por un plazo razonable de 30 días, desde la publicación de la presente medida". Desde la Mesa de Enlace, los dirigentes de las entidades agropecuarias adujeron que el razonamiento oficial no es el correcto, ya que los cortes de exportación no son los de consumo habitual en el mercado interno.