La Suprema Corte de Justicia de Mendoza lanzó el llamado a concurso para conformar los Cuerpos Médicos Forenses, un paso clave para reducir la "industria de los juicios laborales".

La decisión se tomó luego de trascender que los juicios por accidentes laborales vienen subiendo con fuerza en la provincia cuyana.

Desde la UART, Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, resaltaron la "enorme importancia que tiene el llamado a concurso realizado por la Corte de Mendoza, para la pronta conformación del Cuerpo Médico Forense en el fuero laboral de esa provincia".

Remarcaron el "impacto positivo que su puesta en funcionamiento tendrá en la economía, aumentando la productividad, contribuyendo a la equidad en el tratamiento de los trabajadores y disminuyendo costos distorsivos, al ayudar a la baja de la litigiosidad por accidentes de trabajo".

Con tal fin, se seleccionarán cinco profesionales médicos con experiencia comprobable de 2 años en medicina laboral y matrícula habilitante. Esa convocatoria se hará entre el 1 y el 7 de febrero 2023.

Mendoza ocupa el tercer lugar en el ranking nacional (después de PBA y CABA), al acumular 9.457 nuevas demandas en 2022, 36,2% más que en el 2021 y representando algo más del 10% del total país.

Con anterioridad a la sanción de la Ley, se iniciaban mensualmente alrededor de 1.000 demandas en la provincia.

Luego de su adhesión a la misma, tanto en Mendoza, como en el resto de las 14 provincias más CABA, que así lo hicieron, se evidenció una clara disminución de la litigiosidad.

Sin embargo, el descenso no fue prolongado y hacia finales del 2019 comenzó a observarse un repunte que fue interrumpido por la pandemia.

Pero, con el regreso al normal funcionamiento de los juzgados, la judicialidad volvió a crecer, esta vez de forma sostenida durante 2021 y 2022, alcanzando el pico de 1.179 notificaciones en agosto de 2022 en la provincia cuyana.

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La ley especifica que los Cuerpos Médicos Forenses deberán:

1 - Estar integrados por Profesionales elegidos por concurso de antecedentes y no por simple anotación en un listado, como ocurre hasta ahora.

2 - Utilizar el Baremo (tabla de medición de incapacidades) incluido en la Ley 27.348 para determinar los porcentajes de menoscabos, generándose así uniformidad de criterios entre la instancia administrativa y la judicial.

3 - Desacoplar el honorario de los peritos del monto de las sentencias basada en el daño que ellos mismos determinan, claro incentivo a sobrevaluarlo, cobrando en cambio por acto médico, u honorario fijo.

Al establecer la intervención del Cuerpo Médico Forense, la ley jerarquiza la labor pericial en el ámbito judicial y ofrece el instrumento para crear una escenario predecible, claro e igualitario, en la determinación de las dolencias y su correspondiente resarcimiento en tiempo y forma.