Por unanimidad, esta tarde obtuvo media sanción el proyecto de Alivio Fiscal con mejoras para los contribuyentes. A continuación, se detallan los principales cambios al proyecto original que se dieron durante la sesión:

A. Monotributo.

PROYECTO ORIGINAL CON DICTAMEN DE COMISION.

1. Adelanta al 1 de julio el ajuste para los montos máximos de facturación con la misma idea central que la propuesta de ganancias: se adelanta la aplicación del índice.

2. ¿Qué índice se aplica?: 29,12% coeficiente acumulado a junio 2022.

3. Esto coincide con el esquema de Recategorización que aplica AFIP que lo hace cada 6 meses, en enero y julio.

4. ALIVIO FISCAL PARA MONOTRIBUTISTAS. De esta manera la cuota queda igual (así se evita el problema del año pasado de cobrar retroactivamente) y solo se “sube” el límite de facturación de cada categoría. EL MONOTRIBUTISTA NO “SALTA” DE CATEGORIA POR EL SOLO EFECTO DE QUE LA INFLACION FUE SUPERIOR A LA PREVISTA EN EL PRESUPUESTO.

5. Impacta positivamente en 4,5 millones de monotributistas.

6. Además, es fácil de comunicar y de implementar en los sistemas de AFIP.

AGREGADOS EN EL RECINTO.

7. La escala de facturación de las categorías A, B, C y D suben un porcentaje mayor (promedio 60%) para favorecer a los pequeños contribuyentes de menores ingresos y evitar que salten de categoría.

8. Además, se exime solo del componente impositivo a las Categorías A ($288 por mes) y B ($555). Para darle progresividad a la medida este beneficio es para los monotributistas “puros” (es decir que no tiene otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles, por ejemplo.).

  • Esta exención del componente impositivo beneficia a 2,1 millones de monotributistas, el 47% del total.
  • Importante: No se afecta fondos de obras sociales ni seguridad social.
  • Además, este proyecto está en línea con la propuesta del PEN presentado el 23 de diciembre de 2021.

B. Autónomos.

PROYECTO ORIGINAL CON DICTAMEN DE COMISION.

1. El Proyecto propone incrementar la deducción especial para los autónomos en 2 VECES la ganancia no imponible, pasando la deducción de $505.129,66 a $757.694,52.

2. De esta manera la “brecha” de la deducción especial entre el empleado y el autónomo se achica de $707.181,58 a $454.616,72.

3. Además, para nuevos profesionales se eleva de 1,5 VECES a 2,5 VECES la ganancia no imponible.

AGREGADOS EN EL RECINTO.

4. Beneficio adicional, se sube de 2 veces a 2,5 veces la deducción especial para autónomos y 3 veces para los “nuevos profesionales”.

Esto es un beneficio adicional para 140 mil contribuyentes autónomos que pagan el impuesto a las ganancias.