La justicia frenó la medida cautelar dispuesta por un juzgado federal que había suspendido los vencimientos de las declaraciones juradas de los impuesto sobre los Bienes Personal y Ganancias, según informó hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El organismo señaló que "la decisión fue adoptada tras el recurso de apelación presentado  este lunes" e informó que tras este fallo "los plazos previstos en la normativa se encuentran vigentes".

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La semana pasada, la jueza Macarena Marra Giménez dictó una medida precautelar ante un reclamo del Consejo Profesional de CABA, que le pidió que ordenara a la AFIP suspender los vencimientos de los tributos hasta el 12 de julio.

La magistrada, a cargo del Juzgado Federal Contencioso Administrativo N° 12, luego dictó una segunda medida concediendo la cautelar a la entidad que representa a los profesionales.

Tras esa cautelar,el organismo recaudador había advertido que "los vencimientos para Bienes Personales y Ganancias previstos para los días 23, 24 y 27 de junio se encuentran vigentes".

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La AFIP había indicado que la medida sólo alcanza a profesionales matriculados en el Consejo de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires por sus propias declaraciones juradas y cuando dichos profesionales ejerzan una relación formal y comprobable con sus clientes, en un comunicado.

El organismo había anunciado hoy importes mínimos para el ingreso de los anticipos de Ganancias y Bienes Personales.

Lo hizo por medio de las Resoluciones Generales 5211/2022 y 5213/2022 publicadas en el Boletín Oficial fundamentando la modificación en "razones de administración tributaria".