Fallo inédito: la Justicia ordenó modificar la fórmula de ajuste de los créditos UVA
La sentencia de un tribunal de la Plata quedó firme porque no fue apelada y establece una combinación de los índices UVA y de salarios. Es el primer precedente en materia judicial a nivel nacional.
La Cámara en lo Civil y Comercial de La Plata ratificó que un préstamo hipotecario se puede reajustar mediante una combinación de los índices UVA y de salarios, lo que se constituyó en el primer precedente judicial en todo el país en esta materia. Lo resolvió la Sala II al confirmar un fallo de primera instancia, que al no haber sido apelado, quedó firme.
El caso es de una mujer contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en el que se ordenó reliquidar el contrato, en forma retroactiva, desde agosto de 2019, aplicándose un índice de ajuste intermedio entre el CVS (coeficiente de variación Salarial) publicado mensualmente por el INDEC y el UVA.
Para los jueces existió una situación excesivamente onerosa para la deudora, de acuerdo con los términos pactados originalmente, y aplicó el principio del esfuerzo compartido para repartir las cargas entre ambas partes.
En ese sentido, estableció la Cámara la cuota que finalmente surja de la liquidación a practicarse, no podrá superar el 35 por ciento de sus ingresos mensuales, y que tampoco se podrá extender el plazo original del acuerdo.
“La decisión de la Cámara brinda una solución concreta a un problema que ha tomado estado público a partir de la pandemia, y su importancia radica en que el criterio podría verse replicado en muchísimos otros casos de quienes se encuentren en una situación semejante”, dijo la abogada demandante Mercedes Tonelli.
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"Este fallo inédito en el país, aporta una esperanza a muchas familias que se sienten agobiadas por la situación económica, y reafirma que el Poder Judicial es la garantía que tienen los ciudadanos para ser escuchados en la lucha por sus derechos individuales” agregó.
“Nótese al respecto que la denominada doctrina del esfuerzo compartido, erigida en nuestro país luego de la profunda crisis vivida a partir del año 2001, postula la distribución proporcional entre las partes de la carga patrimonial originada en la variación cambiaria (hoy en la variación de la cuota de los créditos UVA), con el fin de arribar a una solución que resguarde los derechos constitucionales de las partes y logre una recomposición justa y razonable para restablecer el equilibrio de las prestaciones”, consideró la Cámara.
“Además, es pertinente destacar que las normas dictadas en torno a los créditos UVA desde el 2019 en adelante adoptan el esfuerzo compartido como solución”, agregaron.