La AFIP reglamentó la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias
El ente gubernamental oficializó la medida que fija el pago del impuesto a los trabajadores que perciban una remuneración mayor a $175.000 brutos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General N°5016 reglamentó la modificación en el piso salarial que alcanza el Impuesto a las Ganancias publicada en el Boletín Oficial con el Decreto 620/2021.
La actualización mueve el límite de $150.000 a $175.000 estableciendo que 1.267.000 personas no se vean alcanzadas por el tributo. La medida entrará en vigencia para los salarios devengados en septiembre que sean anteriores al dictado de la misma.
“La modificación en el Impuesto a las Ganancias es una herramienta que apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores”, señaló la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. Además indicó que la medida se encuadra en el paquete de anuncios que está llevando a cabo el Gobierno en materia económica.
“Los cambios se suman a las distintas medidas impulsadas por el Gobierno para fortalecer el proceso de recuperación económica”, completó la titular del organismo recaudador.
La normativa también excluye del pago del Sueldo Anual Complementario (SAC), que se abona en diciembre, a los trabajadores que durante el segundo semestre tengan una remuneración que no supere los $175.000 de promedio. Asimismo, los asalariados que perciban entre $175.000 y $203.000 brutos abonarán una menor carga tributaria.