La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la ley recientemente aprobada por el Congreso que dispuso un perdón a deudas inferiores a $100.000 y una ampliación de la moratoria.

La ayuda medida fue dispuesta por el organismo a través de la Resolución General 5101/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La resolución establece que la condonación de deudas rige para obligaciones vencidas al 31 de agosto último y podrá ser solicitada desde el 20 de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022, en la página de AFIP.

El organismo explicó que el alivio fiscal alcanza a entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.

También beneficiará a monotributistas que cumplan con las condiciones previstas en la normativa y las empresas que cuentan con el Certificado MiPyme.

Los contribuyentes que quieran adherir a la moratoria podrán hacerlo entre el 29 de noviembre y el 15 de marzo de 2022, y el plan de pago incluye hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5%,  dependiendo del tipo de contribuyente.

La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las subsiguientes el día 16 de cada mes.

La resolución dispone también la posibilidad de rehabilitar de manera extraordinaria y por única vez, planes de facilidades de pago formulados en el marco del régimen de regularización dispuesto por la Ley 27.541 y sus modificaciones, que caducó hace casi tres meses.

La AFIP sostuvo que habilitó mecanismos de regularización de multas a través de planes de pago "para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización".

El organismo otorgará beneficios fiscales a "contribuyentes cumplidores" que podrán tramitarse desde el 30 de diciembre de 2021 hasta el 15 de marzo de 2022. 

El plan de regularización abarca deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social en planes de pago de hasta 120 cuotas, según el tipo de contribuyente.

La condonación de deudas incluye las tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.

Los monotributistas tendrán una eximición del componente impositivo a partir de abril de 2021 y para el resto de personas humanas una deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible.