La compañía Uber fue favorecida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) durante la Presidencia de Mauricio Macri y la gestión de Leandro Cuccioli al frente del ente recaudador, al permitírsele tributar una alícuota del 25% del impuesto a las Ganancias, en lugar del 33% que el propio organismo consideró en un principio que le correspondía.

La medida que favoreció a la aplicación móvil de transporte de pasajeros surgió con la inscripción de la empresa a través de sociedades radicadas en los Países Bajos, para que pudiera usufructuar los beneficios fiscales que otorga el Convenio de Doble Imposición suscripto entre ese país y la Argentina.

La postura original de los cuadros técnicos de la AFIP fue la de reconocer a Uber como un servicio prestado por un beneficiario del exterior, con lo que tendría que tributar el 35% sobre una base presunta del 90%, pero luego de la intervención de la Secretaría de Ingresos Públicos (por entonces a cargo de Andrés Edelstein), un dictamen del organismo recaudador la caracterizó como un establecimiento permanente al amparo del Convenio de Doble Imposición entre Argentina y Países Bajos.

La modificación de la postura original de la AFIP no estuvo exenta de discusiones internas, lo que se reflejó en que el dictamen que favorece a Uber no lleva la firma del por entonces subdirector de Asuntos Jurídicos, Eliseo Devoto, sino la de la subdirectora de Coordinación Técnico Institucional, Jimena de la Torre, que a diferencia de lo actuado por el organismo hasta entonces señala que "comparte" el criterio de Edelstein.

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La AFIP de Macri le permitió a Uber pagar 25% de Ganancias, en vez del 33%

Ese recurso le concedió a Uber una importante ventaja a la hora de tributar Ganancias, con una rebaja de 8 puntos porcentuales en la alícuota que le hubiera correspondido en caso de haberse registrado como una firma radicada en Estados Unidos.

Uber fue creada en marzo de 2009 en San Francisco, California, pero uno de los aspectos que más le cuestionan en diferentes países tanto los organismos de control fiscal como otras empresas competidoras es, precisamente, la utilización de mecanismos legales para obtener beneficios impositivos a través de sociedades radicadas en los País Bajos y las Islas Bermudas, uno de los principales paraísos fiscales del planeta.

La cuestión impositiva, así como la de la relación contractual con los conductores de las unidades, es uno de los principales motivos de controversia entre Uber y las autoridades de diferentes países, lo que dio lugar a diferentes planteos en por lo menos Bolivia, Colombia, España, Paraguay y México, así como en varias ciudades argentinas.

Uber Argentina SRL fue inscripta en el país integrada en su composición accionaria por dos compañías radicadas en los Países Bajos, Uber International Holding BV y Uber International BV.

A su vez, el accionista principal de esas dos compañías neerlandesas es Uber Technologies INC, radicada en Delaware, Estados Unidos.

Con la inscripción a través de dos compañías radicadas en los Países Bajos, Uber consiguió que la Argentina reconociera la aplicación del convenio binacional que le permitió reducir la carga impositiva.

Ese cambio de parecer en la AFIP demandó gestiones dentro y fuera del organismo a lo largo de dos años, de acuerdo con el seguimiento de los sucesivos expedientes.

Al respecto, del expediente iniciado por las áreas operativas de la DGI (Sigea N° 10893-319/2017) surge que la posición original de AFIP apuntaba a encuadrar a Uber como un servicio prestado por un beneficiario del exterior, lo que implicaba una tributación del 35% sobre una base presunta del 90% (31,5% efectivo).

Ese criterio fue sostenido por el Departamento de Asesoría Legal "A" de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos de AFIP durante la gestión de Alberto Abad, quien dejó la dirección del ente en marzo de 2018.

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La AFIP de Macri le permitió a Uber pagar 25% de Ganancias, en vez del 33%

En disconformidad con ese criterio, Uber requirió la opinión de la Secretaría de Ingresos Públicos, dependiente del Ministerio de Economía, por entonces a cargo de Edelstein y Nicolás Dujovne, respectivamente.

La opinión de las autoridades políticas difería de la de los técnicos de la AFIP, entonces ya al mando de Cuccioli, por lo que había que tomar un criterio uniforme, lo que implicaba un giro de 180 grados en la postura original del organismo recaudador.

En la actuación 1/19, la Subdirección General de Asuntos Jurídicos de AFIP recepta el "nuevo criterio", que da a conocer el 9 de enero de 2019 mediante la nota 43/19.

Si bien el subdirector era por entonces Devoto, la nota lleva la firma de Jimena de la Torre, subdirectora general de Coordinación Técnico Institucional, y significó la adopción del criterio de Uber.