La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apeló ante la Corte Suprema un fallo que le ordenó revelar, a pedido de una ONG, “las condonaciones de deudas, intereses, multas y otras sanciones de manera desagregada para cada uno de los años 2010-2016”.

El fallo fue dictado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que ahora debe resolver si declara “admisible” la apelación del organismo recaudador ante el máximo tribunal.

El pedido de información fue formulado en 2017 por Asociación  Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que invocó el derecho al acceso a la información pública.

En mayo pasado, la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con las firmas de los jueces Liliana Heiland, Clara do Pico y Rodolfo Facio, admitió el pedido e intimó a la AFIP a suministrar la información en el lapso de diez días.

El pedido de ACIJ incluye también “el monto total que sumaron las condonaciones,  la cantidad de personas humanas y de personas jurídicas a las que beneficiaron dichas condonaciones, el monto de cada condonación y el monto promedio de las condonaciones para cada año”.

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En el mismo orden, el pedido busca precisiones sobre “la normativa aplicable a las condonaciones fiscales”.

El fallo considera que, efectivamente se trata de información pública y la AFIP no había demostrado “la inexistencia de la información, ni la ausencia de una obligación legal para producirla, así como tampoco la existencia de una excepción legal en su otorgamiento”.

“Los sujetos obligados sólo pueden rechazar un requerimiento de información si exponen, describen y demuestran de manera detallada los elementos y las razones por las cuales su entrega resulta susceptible de ocasionar un daño al fin legítimamente protegido”, resumió la sentencia.

El expediente pasó a fines de la semana pasada a “autos para el acuerdo”, es decir una resolución de la Cámara sobre la apertura de la vía a la Corte Suprema que presentó la AFIP.