A través de un decreto, el Gobierno dispuso hoy delegar en el Ministerio de Obras Públicas una serie de facultades y obligaciones que estaban bajo la órbita del Ministerio del Interior desde 2016.

"Deléganse en el Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, las facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública y para la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en el ámbito de su jurisdicción", según el texto oficial.

De este modo, el Poder Ejecutivo dejó sin efecto el Decreto N° 283 del 1° de febrero de 2016, a través del cual se delegaron en el ex Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, las funciones que ahora tiene el Ministerio de Obras Públicas.

Además, la Casa Rosada recordó que la Ley N° 13.064 dispone que las facultades y obligaciones que ella establece podrán ser delegadas por el Poder Ejecutivo Nacional en autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado.