La AFIP estableció hoy que los vencimientos impositivos comprendidos entre la última semana de enero y la primera de febrero de 2020, se considerarán cumplidos en término siempre que las declaraciones juradas se presenten hasta el 14 de febrero inclusive.

La decisión se reglamentó a través de la resolución general 4637, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

"A fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones cuyos vencimientos operen durante la última semana de enero de 2020 y la primera semana de febrero de 2020, se estima aconsejable disponer un plazo especial para la presentación de declaraciones juradas y/o pagos de determinadas obligaciones", según el texto oficial.

BUENOS AIRES, NA

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