En medio de una batalla jurídica, la Justicia porteña rechazó una medida cautelar presentada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires contra el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales dispuesto por la AFIP, trascendió hoy. Si bien los contadores sostienen que la nueva norma viola el secreto profesional, un Juzgado Federal le dio la razón a la AFIP y la norma queda vigente.

El organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont argumentó que ese régimen es un "instrumento utilizado a nivel global para reducir la opacidad, evitar la evasión y prevenir el lavado de dinero". Los profesionales, en cambio, plantearon que los obliga a revelar la estrategia de las empresas para afrontar menos impuestos, lo cual "viola el secreto profesional".

El fallo a favor de Impositiva partió del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11. Consideró que la Resolución General 4838 fue dictada en el marco de las competencias y facultades conferidas a la AFIP. La resolución judicial sostiene que la normativa "impone la obligación de informar la planificación fiscal al asesor fiscal como una obligación autónoma, pero también resulta cierto que el mencionado puede ampararse en el secreto profesional, límite impuesto por la propia resolución en resguardo del secreto profesional. "Además y a mayor fundamento, el único autorizado para relevarlo es el propio contribuyente", agrega la resolución del tribunal. En contraposición a la decisión del tribunal porteño las cautelares fueron aceptadas por magistrados de las provincias de Buenos Aires, San Luis, Jujuy, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

Hasta que esas decisiones sean apeladas y las cautelares se mantengan, los contadores de los Consejos de esas jurisdicciones no deberán presentar el régimen dispuesto por la resolución.

Los consejos recurrieron a la justicia tras presentar también un recurso administrativo ante la AFIP, que lo rechazó al sostener que el régimen permite reducir la evasión impositiva y "verificar que los impuestos se ingresen en jurisdicciones donde realmente se perfeccionan los hechos imponibles". Señalaron que ese régimen se aplica en otros países como Estados Unidos, Irlanda, Reino Unido, Canadá, Portugal, Sudáfrica, México y Chile, entre otros.