La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales cuyos vencimientos operan los días 10 y 11 de agosto se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12 de agosto de 2020, inclusive.

La Resolución General Nº 4791 busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, dijo el organismo recaudador en un comunicado de prensa.

La normativa también alcanza a las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado julio 2020.

De esta forma, las presentaciones correspondientes a dichas obligaciones cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se efectúa hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive.