Exportaciones: establecen valores de referencia para el ajo
Se trata de un mecanismo que busca evitar maniobras de subfacturación.
La AFIP, a través de la Dirección General de Aduanas, estableció este miércoles el valor de referencia de carácter preventivo para distintos tipos de ajo que se exportan a 14 países, con el fin de evitar maniobras de subfacturación.
La decisión se formalizó por medio de la Resolución General 4969/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto oficialmente, se dispusieron valores que van desde US$ 0,50 hasta US$ 1,84 por kilogramo, según cada una de las clasificaciones.
Estos precios de referencia rigen para cuando estos productos se destinen a China, Corea del Sur, Filipinas, Hong Kong, Japón, Taiwán, Tailandia, Estados Unidos, Canadá, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay y Venezuela.
La Aduana es la encargada de establecer los valores referenciales de exportación de carácter precautorio, para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura
Común del Mercosur, los cuales constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.
Ese control está orientado a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de detectar desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o
similares.
Con los denominados "precios testigo", el ente recaudador tiene a mano un instrumento para detectar eventuales maniobras de subfacturación en las exportaciones.
De esa manera, la Aduana busca identificar posibles maniobras abusivas en el comercio exterior, que impactan en la sitiación fiscal y también en el mercado cambiario.
Si se detectaran diferencias, se inicia una investigación que puede derivar en multas o denuncias en la Justicia.
Durante los últimos meses, el organismo dispuso adoptó valores de referencia para las exportaciones de numerosos productos, así como también valores criterio para la importación.
En cuanto a valores referenciales, ya se establecieron para las ventas al exterior de carne de cerdo, tomate perita, mosto concentrado, carne vacuna, arándanos, leche en polvo, cebolla, papa, pasas de uva y corvina.
Por su parte, los valores criterio se adoptaron para la importación de auriculares y radiadores para calefacción central, y se modificaron los vigentes para los clavijeros para
instrumentos musicales, textiles de poliéster y dientes artificiales.
En ambos casos, son instrumentos de control que no se habían aplicado durante el Gobierno anterior; comenzaron a reestablecerse en diciembre de 2019, tras la asunción de Alberto Fernández.