Es posible deducir del impuesto a las ganancias un gasto en equipamiento
Si un asalariado gastó en indumentaria de trabajo o equipamiento, podrá deducir lo que invirtió para su desempeño en relación de dependencia.
La mayoría de las empresas privadas del país enviaron a su trabajadores a casa para trabajar desde allí ante el arribo de la pandemia de Covid-19 y les terminaron trasladando costos operativos, por lo que ahora algunos de los afectados podrán morigerar el esfuerzo financiero.
Quienes paguen impuesto a las Ganancias porque tienen salarios que están por encima del promedio y superan el mínimo imponible, podrán deducir los gastos en que incurrieron para comprar indumentaria de trabajo o equipamiento.
Por ejemplo, aquel trabajador que se vio forzado por el trabajo desde la casa a comprar una computadora o a cambiar la que ya tenía para poder cumplir con lo que le exige el empleador, podrá deducirlo de Ganancias si es que su empleador no lo reintegró a lo largo de los meses de cuarentena.
Al menos por ahora, nada ha dicho el Gobierno de los gastos que tuvo que empezar a afrontar el trabajador en relación de dependencia que antes corría por cuenta del empleador: energía eléctrica, gas y telefonía, por ejemplo.
La nueva deducción está en la Resolución General 4003/2017, señaló el tributarista y profesor de Posgrado en la Universidad de Buenos Aires, Marcelo Rodríguez, además titular del estudio MR Consultores.