El Gobierno fijó hoy los requisitos que deberán cumplir las empresas exportadoras y determinados procesos industriales para ser exceptuados de la cuarentena.

"Las empresas interesadas en realizar un proceso de fabricación con destino final de exportación deberán acreditar que cuentan con las órdenes de compra internacionales pertinentes", de acuerdo con una resolución del Ministerio de Desarrollo Productivo, publicada en el Boletín Oficial.

A través de esta decisión, el Poder Ejecutivo estableció que para que una empresa sea considerada como "exportadora", deberá "haber registrado ventas internacionales durante 2019 y/o 2020".

Según lo dispuesto, también quedarán afuera de la cuarentena los "los procesos industriales específicos", que involucran actividades productivas que tengan por finalidad la producción de bienes destinados a la provisión directa de numerosos sectores, como ferreterías, provisión de garrafas, mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones y atención de emergencias.