El Gobierno estableció el procedimiento para el registro de declaraciones juradas de exportaciones de carne
La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial, en la Disposición 59/2021, establece que "una vez ingresadas las DJEC al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, quedarán en estado 'pendiente' mientras la Autoridad de Aplicación analiza el contenido de las mismas".
El Gobierno nacional fijó hoy el procedimiento para el registro de las Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) y dispuso que la Autoridad de Aplicación o la Secretaría de Comercio Interior podrán requerir documentación respaldatoria.
La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial, en la Disposición 59/2021, establece que "una vez ingresadas las DJEC al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, quedarán en estado 'pendiente' mientras la Autoridad de Aplicación analiza el contenido de las mismas".
Además, la norma aclaró que "la Autoridad de Aplicación, cuando lo considere oportuno o a solicitud de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, podrá requerir documentación respaldatoria a los operadores y/o información adicional a los distintos organismos públicos".
"Una vez realizada la evaluación de la DJEC por la Autoridad de Aplicación, de no mediar rechazo u observaciones se la considerará aprobada de manera automática a las diecinueve horas (19:00 hs.) del tercer día hábil de la fecha de oficialización de la mencionada Declaración", precisó.
También indicó que "en aquellos casos donde la Autoridad de Aplicación detecte inconsistencias, anomalías y/o discrepancias subsanables en la evaluación de la DJEC, podrá requerir al operador información y/o documentación respaldatoria y/o complementaria a los fines de ser analizada para ser aprobada o rechazada definitivamente".
Por último, detalla que "a fin de lograr transparencia, sencillez, apertura y razonabilidad del proceso de registro, la Autoridad de Aplicación podrá, en el marco de dicha medida, solicitar al operador u a otros organismos aquellos datos que estime necesarios para una adecuada registración de la DJEC".