La compra de inmuebles y las construcciones es un sector clave para destinar los dólares que ingresen al blanqueo de capitales.

El Gobierno espera que buena parte de esas divisas se destinen al sector de la construcción.

En ese marco, la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU) lanzó una web para impulsar la utilización del blanqueo en el sector. 

El sitio incluye información de proyectos específicos inscriptos en AFIP de los miembros de la cámara, como así también instructivos, preguntas frecuentes, documentos como leyes y decretos.

Ya hay 16 proyectos con el visto bueno de la AFIP y se aguarda que la lista de amplíe con fuerza en los próximos días.

El blanqueo está dirigido a residentes fiscales al 31 de diciembre de 2023 y permite exteriorizar bienes no declarados con beneficios fiscales. 

Para las obras que tienen hasta un 50% de avance la alícuota es 0, depositando el dinero hasta el 30 de septiembre y teniendo hasta el 30 de diciembre del 2025 para elegir en qué desarrollo, registrado en la AFIP, invertir.

Las operaciones se efectivizan mediante boleto de compraventa o escritura; aportes a fideicomisos; cuotapartes de fondos comunes de inversión (FCI); certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos financieros.

Por ejemplo, en una inversión superior a US$ 100.000 en obra nueva se puede invertir sin pagar multas y desde que se hace el depósito. Debe mantenerse la inversión hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive. Además, las inversiones pueden ser en forma directa (boleto) o indirecta (fideicomiso).

En el caso del blanqueo menor a US$ 100.000 en obra nueva, la única diferencia es que no hay obligación de mantener la inversión hasta el 31 de diciembre de 2025.