Las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPYMEs) podrán endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde una cuenta bancaria, según lo resolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La medida que entrará en vigencia el 1° de abril es el resultado de un trabajo conjunto entre la AFIP, el Banco Central y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo, se informó. Con una operatoria similar a la del Cheque Electrónico (ECHEQ), el Sistema de Circulación Abierta de la FCE permitirá que las MiPyMEs proveedoras de Grandes Empresas puedan acceder a una mayor cantidad de fuentes de financiamiento anticipado así como también mejorará la certeza de cobro, ya que la falta de pago al vencimiento de las facturas se verá reflejada en la Central de Deudores del Banco Central.

La fecha de inicio para el beneficio queda establecida con la publicación en la página web de la AFIP de los manuales destinados a que las PyMEs y grandes empresas adapten sus sistemas de facturación e incorporen el nuevo Sistema de Circulación Abierta para la FCE.

En el sitio web "servicioscf.afip.gob.ar" se podrán encontrar los manuales de usuario para que los desarrolladores adapten el sistema e incorporen la posibilidad de hacerlo a través de operatoria bancaria.

Para incorporar la opción del Sistema de Circulación Abierta a la FCE, la AFIP adoptó diferentes medidas como la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General N° 4919, además de poner a disposición los manuales para los usuarios.

Al momento de la emisión de la factura y para el caso que esta no fuera cancelada en el plazo de 30 días actualmente vigente, se puede optar por enviar la FCE a un Agente de Depósito Colectivo (mercado de valores). Ahora se suma el Sistema de Circulación Abierta a través de entidades bancarias.

Esta última opción posibilitará, entre otras funciones, su circulación extrabursátil, negociación, transmisión, cancelación mediante compensación interbancaria, y el registro de su cancelación luego de su aceptación (tácita o expresa) y antes de su vencimiento.