Consorcios de edificios e iglesias también podrán regularizar deudas con la moratoria de la AFIP
Será posible acceder entre el 17 de febrero y el 30 de abril, con un plazo de pago de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.
El Gobierno oficializó hoy el plan de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para micro, pequeñas y medianas empresas y entidades civiles sin fines de lucro.
La oficialización fue publicada este viernes en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 4667/2020, con la firma de la jefa del organismo recaudador, Mercedes Marco del Pont.
La Resolución dice que de tratarse de entidades civiles sin fines de lucro que quieran regularizar deudas, podrán adherir: asociaciones, fundaciones, cooperativas, consorcios de propietarios, mutuales, cooperadoras, instituto de vida consagrada y entidades religiosas, además de la Iglesia Católica.
De no registrar alguna de las formas jurídicas detalladas precedentemente, deberán acreditar su condición de entidades civiles sin fines de lucro ante la dependencia de este Organismo en la que se encuentren inscriptas, a los fines de la verificación y registración de dicha condición.