La Administración Federal de Ingresos Públicos ha implementado el programa "Compre sin IVA," una iniciativa que busca brindar reintegros del 21% en las compras realizadas en comercios minoristas y mayoristas, con un límite de hasta $18.800.

Este programa, que entró en vigor a partir del 18 de septiembre de 2023, está diseñado para beneficiar a una amplia gama de personas, incluyendo jubilados, beneficiarios de asignaciones universales, trabajadores en relación de dependencia, y más. A continuación, presentamos respuestas a 10 preguntas clave relacionadas con esta innovadora iniciativa.

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¿Qué es el programa "Compre sin IVA"?

El programa "Compre sin IVA" es un régimen de reintegros del 21% en compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un límite de hasta $18,800.

¿Cómo se aplica este beneficio?

El beneficio se aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

¿Quiénes pueden beneficiarse de este régimen de reintegros?

Pueden beneficiarse del régimen de reintegros las personas que perciban alguno de los siguientes conceptos, que no son excluyentes entre sí:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

d) Trabajadores en relación de dependencia, con ingresos mensuales que no superen seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

e) Personal de Casas Particulares.

f) Monotributistas, excepto si obtienen ingresos de ciertas fuentes específicas.

¿Qué tipos de tarjetas se pueden utilizar para obtener el beneficio?

El beneficio se aplica a compras realizadas con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR.

¿Las compras con "Tarjeta alimentar" también son elegibles?

Sí, las compras con "Tarjeta alimentar" y tarjetas emitidas a beneficiarios del programa "Potenciar Trabajo" también son elegibles para el beneficio.

¿Hay un límite en los ingresos mensuales para ser beneficiario?

El límite es que el monto total mensual de los ingresos no debe superar seis haberes mínimos garantizados.

¿Qué comercios pueden participar en este programa?

Los comercios minoristas y/o mayoristas deben estar inscritos ante la Administración Federal y cumplir con los códigos de actividad definidos para el Programa.

¿Quiénes están excluidos del régimen de reintegros?

Están excluidas del régimen las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, a menos que esta obligación sea exclusivamente por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.

¿Cuándo entra en vigencia este programa?

El programa entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y se aplica a partir de las 0 hs. del 18 de septiembre de 2023.

¿Dónde puedo encontrar más información sobre el programa "Compre sin IVA"?

Puedes encontrar más información en afip.gob.ar/reintegro/compre-sin-iva/.