Cómo es la asistencia a MiPyMes que quieran adherir a la Ley de Economía del Conocimiento
Los autores destacaron la creación del "Programa Fortalecer", que permite lanzar, a la vez, su primera convocatoria de proyectos.
Las autoridades nacionales reglamentaron la Ley 27.506 que instituyó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, con significativos beneficios fiscales para aquellas empresas que participen del mismo.
Ahora, mediante su Resolución 232/2021 (Boletín Oficial del 14 de mayo pasado), la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa dio un nuevo paso, procediendo a crear el "Programa Fortalecer" y lanzar, a la vez, su primera convocatoria de proyectos.
El programa tiene como objetivo proporcionar asistencia financiera a empresas del ámbito de la economía del conocimiento, con el fin de mejorar sus posibilidades de acceso al Régimen.
Los potenciales beneficiarios de la iniciativa comprenden a las empresas cuya actividad principal/secundaria posea "relación unívoca" con alguna de las actividades promovidas por la Ley 27.506.
También a aquellas que no cuenten aún con facturación en esas actividades y manifiesten el desarrollo de las mismas de manera intensiva para incorporar conocimientos derivados de avances científicos y tecnológicos en sus productos, servicios o procesos productivos, con la finalidad de agregar valor e
innovación.
En el caso de esta primera convocatoria solo se incluye como solicitantes a las "Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1", salvo para el Artículo 2° inciso A de la norma, que queda limitado a "Micro y Pequeñas Empresas". Asimismo, se encuentran excluidas las compañías ya inscriptas en el Registro Ley 27.506 o que hayan estado registradas oportunamente en el Registro Ley 25.922.
El beneficio a otorgar consiste en un subsidio en efectivo (ANR) de entre $400.000 y $1.200.000, por hasta el 70% del total del proyecto que se trate.
Esos fondos podrán ser aplicados a diversos gastos, dependiendo de la naturaleza de cada proyecto. También resulta posible destinar el subsidio al pago de remuneraciones netas de nuevos empleados abocados a las tareas pertinentes, por el plazo del período de prueba establecido por la Ley de Contrato de Trabajo.
Las empresas que se postulen serán calificadas teniendo en cuenta el impacto en las economías regionales, inclusión laboral de mujeres y otros colectivos, y la contribución para el acceso al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento (Ley 27.506).
Además, las empresas que quieran acceder deben haber comenzado a facturar antes del 1° de enero de 2021.
Finalmente, y como dato relevante, cabe consignar que esta primera convocatoria finaliza a los 60 días corridos de la publicación de la Resolución ya referida en el Boletín Oficial.
Según la información que proporciona el Ministerio de Desarrollo Productivo, la norma surge a raíz de constatar que en 2019, último año de vigencia de la Ley de Promoción del Software, de las 521 empresas que hay en el registro solo 10 recibieron el 50% de los incentivos fiscales del Estado y, de esas, el 81% estaban ubicadas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
No solo había concentración geográfica y por tamaño, sino que las 521 compañías representan menos del 10% del total de las 5.100 empresas de software radicadas en Argentina.
En definitiva, la iniciativa tiene como objetivo principal ampliar la base de empresas con posibilidades de acceder a lo largo y a lo ancho del país a los beneficios de la ley, para que las de menor tamaño, y en zonas menos favorables, puedan prepararse con posibilidades reales de aplicar al Régimen y gozar de todos los beneficios.