El Gobierno postergó hasta el 21 de junio próximo la actualización de dos impuestos que impactan en el precio de los combustibles, con el fin de evitar un nuevo aumento.

Se trata del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC), que deben ser incrementados de manera trimestral, pero que el Poder Ejecutivo volvió a postergar, según el decreto 245/2021, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

Esos impuestos no iban a ajustarse hasta el 21 de este mes, aunque ahora se postergó esa fecha hasta el 21 de junio.

Tanto en 2019 como en 2020, la aplicación de esos impuestos había tenido varias suspensiones.

La Casa Rosada justificó la nueva prórroga al señalar que "tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles".


"En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable extender hasta el 21 de junio de 2021 el diferimiento del impacto pendiente de la actualización de los montos de impuesto, correspondiente al cuarto trimestre de 2020", señaló el texto oficial.

En lo que va de 2021, los precios de los combustibles tuvieron varios incrementos: el último se aplicó este mes, cuando YPF dispuso una suba de 6% promedio. 


El Poder Ejecutivo recordó que la Ley N° 23.966 estableció montos fijos en pesos por unidades de medida para determinar el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono, respectivamente.


Además, dispuso un monto fijo diferencial del impuesto sobre los combustibles líquidos para el gasoil, cuando se destine al consumo en el área de influencia de las provincias del Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, el partido Carmen de Patagones en la provincia de Buenos Aires y el departamento Malargue en Mendoza.


Los montos fijos deben actualizarse por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC.

Durante el Gobierno de Mauricio Macri, se dispuso que la AFIP actualizará aquellos montos en enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando la variación del IPC correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se efectúe.

Pero durante el año pasado, se comenzaron a diferir los incrementos de los montos de los impuestos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.

Ya en 2021, conforme a una modificación dispuesta por decreto en marzo, se encuentra postergado el 62 % del incremento derivado de la actualización correspondiente al cuarto trimestre de 2020, sin que resulte de aplicación para los hechos imponibles que, con relación a esos productos, se perfeccionen hasta el 20 de abril de 2021, inclusive.